PO. Procedimiento ordinario 247/2019
Procedimiento de origen: sobre ordinario
Demandantes: Joaquín Barreiro Tato, Ramiro López Durán, Manuel Cerdeira Campos
Graduada social: Pilar Concheiro Filgueira
Demandados: Fogasa, Maderas Galifor, S.L.
Abogado/a: letrado/a de Fogasa
Yo, Blanca Susana Janeiro Amela, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 4 de Pontevedra, hago saber que mediante resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de Joaquín Barreiro Tato, Ramiro López Durán, Manuel Cerdeira Campos contra Fogasa y Maderas Galifor, S.L., en reclamación por ordinario, registrado con el número de procedimiento ordinario 247/2019, se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la Ley reguladora de la jurisdicción social (LJS), citar a Maderas Galifor, S.L., en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 27 de febrero de 2020, a las 10.40 y 10.45 horas, en la planta -1, sala 6, en el edificio de la Audiencia, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio. Podrá comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.
Se le advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistida de abogado o representada técnicamente por graduado social colegiado, o representada por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, al objeto de que, trasladada tal intención a los actores, puedan estos estar representados técnicamente por graduado social colegiado o representados por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.
Para que sirva de citación a Maderas Galifor, S.L., se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.
Pontevedra, 16 de octubre de 2019
La letrada de la Administración de justicia