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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 211 Miércoles, 6 de noviembre de 2019 Pág. 47802

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 24 de octubre de 2019 por la que se notifica la resolución del recurso de reposición contra la Resolución de 7 de agosto de 2018 en la que se impone la segunda multa coercitiva (expediente IU2/123/2012-B1R1).

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, el día 26 de septiembre de 2019, dictó resolución por la que se impone la segunda multa coercitiva como consecuencia de incumplir lo ordenado en las resoluciones de 17 de diciembre de 2013, de 6 de febrero de 2017 y de 24 de octubre de 2017, en las que se declaran ilegalizables las obras consistentes en dos edificaciones con tipología residencial en las parcelas 886 y 887 del polígono 14, en el lugar de Area de Bon, Beluso, en el término municipal de Bueu, provincia de Pontevedra, por ser incompatibles con el ordenamiento urbanístico vigente, y se ordena su demolición.

Al no poder realizarse la notificación personal de aquella resolución a Antonio de Jesús Dacosta, mediante la presente cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica al interesado dicha resolución por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica en su integridad, se hace saber al interesado que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, sitas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra dicha resolución, que es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de la circunscripción donde radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1.3ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, según lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada ley.

Para que conste y sirva de notificación al citado interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 24 de octubre de 2019

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística