Visto el expediente para otorgamiento de la autorización administrativa previa y de la autorización administrativa de construcción de las instalaciones eléctricas que a continuación se describen, tal y como se recogen en el proyecto firmado polo ingeniero industrial Rafael Pena Fernández, colegiado nº 1903 del Coeticor, en Ourense, el día 3.12.2018, con visado nº 3708/18-CO de 4.12.2018.
Solicitante: Unión Fenosa Distribución Electicidad, S.A.
Dirección: A Batundeira, nº 2, Velle, 32960 Ourense.
Denominación: LMTS al CS Quintela Industrial.
Situación: Ayuntamiento de Ourense.
Presupuesto: 56.039,22 euros.
Características técnicas:
LMT subterránea a 20 kV, de 210 m de longitud, en conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 1×240 mm2 Al, con origen en la LMT existente al CT Vilanova-Quintela 32C727 y fin en la LMT existente al CS Nissan 32CDF0.
CS con tensión de 20 kV, con emplazamiento en la carretera de Vigo-Quintela, en envolvente prefabricada, maniobra exterior, celdas compactas SF6, 3L2TC; GPRS/FO.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y los reglamentarios previstos en el capítulo II, del título VII, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, con la simplificación de los procedimientos que le son, en su caso, de aplicación, tal y como se regula en los artículos 37 y 38 de la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales, y en la Resolución de la Dirección General de Energía y Minas de 19 de febrero de 2014 (DOG de 19 de marzo), esta jefatura territorial resuelve:
Conceder las autorizaciones administrativas previa y de construcción a dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes al proyecto arriba señalado y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en lo reglamentos de aplicación y en los condicionados establecidos, en su caso, por los ministerios, organismos o corporaciones, que constan en el expediente.
Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente.
Ourense, 4 de marzo de 2019
Santiago Álvarez González
Jefe territorial de Ourense