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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 204 Viernes, 25 de octubre de 2019 Pág. 46650

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda

RESOLUCIÓN de 18 de octubre de 2019 por la que se modifica la Resolución de 15 de julio de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones de los programas de fomento de mejora de la eficacia energética y sostenibilidad y de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas del Plan estatal de vivienda 2018-2021, y se convocan para el año 2019, con carácter plurianual (código de procedimiento VI422E).

En el Diario Oficial de Galicia núm. 143, de 30 de julio de 2019, se publicó la Resolución de 15 de julio de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones de los programas de fomento de mejora de la eficacia energética y sostenibilidad y de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas del Plan estatal de vivienda 2018-2021, y se convocan para el año 2019, con carácter plurianual (código de procedimiento VI422E).

En el punto 6 del ordinal vigesimotercero, Justificación de la subvención, se indica que «en ningún caso se admitirá la presentación de documentación justificativa, parcial o final, de la subvención con posterioridad al 30 de noviembre de cada una de las anualidades comprendidas en la resolución de concesión, salvo que el requerimiento señalado en el número anterior se hubiera hecho dentro de los diez (10) días anteriores a esa fecha».

Esta resolución de modificación de las bases reguladoras de estos programas tiene como finalidad permitir la ampliación del plazo de presentación de la documentación justificativa, tanto parcial como final, de la subvención, en los supuestos en que concurran circunstancias que imposibiliten la resolución de los correspondientes expedientes con la debida antelación a la citada fecha. Esta ampliación de plazo de la justificación de la subvención se realizará mediante resolución de la persona titular de la Dirección General del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo.

De conformidad con todo lo anterior, en el ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 4 del Decreto 97/2014, de 24 de julio, por el que se establece la estructura orgánica del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo,

RESUELVO:

Único. Modificación de la Resolución de 15 de julio de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones de los programas de fomento de mejora de la eficacia energética y sostenibilidad y de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas del Plan estatal de vivienda 2018-2021, y se convocan para el año 2019, con carácter plurianual (código de procedimiento VI422E)

El punto 6 del ordinal vigesimotercero, Justificación de la subvención, queda redactado como sigue:

«En ningún caso se admitirá la presentación de documentación justificativa, parcial o final, de la subvención con posterioridad al 30 de noviembre de cada una de las anualidades comprendidas en la resolución de concesión, salvo que el requerimiento señalado en el número anterior se hubiera hecho dentro de los diez (10) días anteriores a esa fecha. No obstante, cuando concurran circunstancias que así lo jutifiquen, se podrá demorar la citada fecha mediante resolución de la persona titular de la Dirección General del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo, que tendrá efecto después de su publicación en el Diario Oficial de Galicia».

Esta resolución producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 18 de octubre de 2019

Ángeles Vázquez Mejuto
Presidenta del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo