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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 203 Jueves, 24 de octubre de 2019 Pág. 46542

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (ETJ 196/2019).

Yo, María Teresa Vázquez Abades, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales 196/2019 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Ana María Lois Romero contra Three Compliance, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, se han dictado las siguientes resoluciones, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Auto:

Magistrada jueza: Paula Méndez Domínguez.

Santiago de Compostela, 3 de octubre 2019.

Parte dispositiva:

Dispongo despachar orden general de ejecución de la sentencia 390/2019, de 28 de agosto, dictada en el procedimiento DSP 321/2019, a favor de la parte ejecutante, Ana María Lois Romero, frente a Three Compliance, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, parte ejecutada, por importe de 2.994,75 euros en concepto de principal (indemnización), más otros 299,47 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación; en caso de eventual responsabilidad del Fogasa, ésta se limita a 2.578,81 euros.

Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición ante este órgano judicial, en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su notificación, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación e deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.

Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.

La jueza. La letrada de la Administración de justicia.

Decreto.

Letrada da Administración de justicia: María Teresa Vázquez Abades.

Santiago de Compostela, 3 de octubre de 2019

Parte dispositiva:

Acuerdo, en cumplimiento del requisito que se contiene en el artículo 276.3 y previo a la estimación en la presente ejecutoria de la pervivencia de la declaración de insolvencia de la parte ejecutada Three Compliance, S.L. y, dar audiencia previa a la parte actora, Ana María Lois Romero, y al Fondo de Garantía Salarial, por término de quince (15) días para que puedan señalar la existencia de nuevos bienes, y de su resultado de acordará lo procedente.

Modo de impugnación. Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de los tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (artículo 188 de la LJS).

La letrada de la Administración de justicia.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Three Compliance, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 3 de octubre de 2019

La letrada de la Administración de justicia