La Dirección General del Patrimonio Cultural dictó el 31 de julio de 2018 resolución del procedimiento sancionador que se indica, por infracción de la Ley 5/2016, de 5 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia. Intentada la notificación personal de esta resolución, no ha sido posible practicarla.
Por este anuncio, y según disponen los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se emplaza a la persona interesada que se indica en el anexo para ser notificada por comparecencia de los actos cuyo contenido se indica. La comparecencia que podrán realizar deberá efectuarse en el plazo de diez (10) días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el tablón edictal único (TEU) del Boletín Oficial del Estado (BOE), en la sede del Servicio de Vigilancia e Inspección de la Dirección General del Patrimonio Cultural, en la Consellería de Cultura e Turismo, en el Edificio Administrativo San Caetano, piso 3º, de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, en Santiago de Compostela.
La eficacia de esta notificación queda supeditada a su publicación en el citado tablón edictal único. Transcurrido el plazo señalado sin efectuarse la comparecencia, la notificación se entenderá producida desde el día siguiente al del vencimiento del plazo.
Santiago de Compostela, 10 de octubre de 2019
Mª Carmen Martínez Ínsua
Directora general del Patrimonio Cultural
Anexo
Procedimiento sancionador: S-L-08.18. Lugo.
DNI del interesado: 33560880Q.
Acto notificado: resolución que impone sanción de multa.