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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 200 Lunes, 21 de octubre de 2019 Pág. 46176

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 6 de Santiago de Compostela

EDICTO de notificación de sentencia (DCT 1704/2018).

DCT divorcio contencioso 1704/2018

Procedimiento origen: /

Sobre divorcio contencioso

Demandante: Rita Pérez Salaño

Procuradora: Beatriz Cerviño Gómez

Demandado: Eliseo Rivadas Aller

En el procedimiento de referencia se ha dictado la sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«Sentencia n° 360/19.

Santiago de Compostela, 19 de septiembre de 2019.

Vistos por mi, Roberto Soto Sola, magistrado juez titular del Juzgado de Primera Instancia número 6 de esta localidad y su partido judicial, el presente juicio de divorcio nº 1704/2018, promovido por la procuradora Sra. Cerviño Gómez, en nombre y representación de Rita Pérez Salaño, asistida de la letrada María Salomé Ramos Bueno frente a Eliseo Rivadas Aller, mayor de edad, reseñada en autos, declarado en rebeldía procesal y sin intervención de la representante del Ministerio Fiscal al no concurrir hijos menores de edad o con capacidad modificada en el citado matrimonio.

Fallo:

Que, estimando íntegramente la demanda de divorcio interpuesta por la procuradora Sra. Cerviño Gómez, en nombre y representación de Rita Pérez Salaño, asistida de la letrada María Salomé Ramos Bueno frente a Eliseo Rivadas Aller, mayor de edad, reseñada en autos declarado en rebeldía procesal y sin intervención de la representante del Ministerio Fiscal al no concurrir hijos menores de edad o con capacidad modificada en el citado matrimonio y, en consecuencia, procede debo decretar y decreto el divorcio del matrimonio contraído en fecha 30.10.1993 en Ames, inscrito al tomo 26, página 18, sección 2ª, del Registro Civil de esa localidad, transcurrido más de tres meses de matrimonio, la revocación de poderes que se hubieran otorgado recíprocamente los cónyuges y la atribución del uso del que fuera domicilio conyugal a la esposa conforme a lo acordado en sentencia de separación de fecha 15.12.2003 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Santiago de Compostela en autos 409/2003.

Firme que sea la presente resolución, remítanse los oportunos oficios para las procedentes anotaciones registrales.

No procede efectuar especial pronunciamiento sobre las costas del presente proceso.

Esta resolución no es firme y frente a la misma cabe interponer recurso de apelación en los plazos y términos previstos en la vigente Ley de enjuiciamiento civil para su resolución por la Audiencia Provincial de A Coruña (arts. 458 y 776 Ley de enjuiciamiento civil), previa consignación de depósito previsto en la D.A. 15ª de la LOPJ.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio mando y firmo, Roberto Soto Sola, magistrado juez titular del Juzgado de Primera Instancia número 6 de esta localidad y su partido judicial.

Publicacion: leída y publicada la anterior resolución en audiencia pública por el juez que la dictó, en el día de la fecha; doy fe».

Y como consecuencia del ignorado paradero de Eliseo Rivadas Aller, se extiende el presente edicto para que sirva de cédula de notificación.

Santiago de Compostela, 20 de septiembre de 2019

La letrada de la Administración de justicia