De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se publica Resolución de 3 de enero de 2017, de baja de los establecimientos indicados en el anexo, ya que intentada la notificación, no se pudo efectuar por los medios habituales.
Esta resolución agota la vía administrativa en contra de ella podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Agencia Turismo de Galicia en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de su notificación, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Pontevedra, 1 de octubre de 2019
El/la jefe/a del Área Provincial de Turismo de Pontevedra
P.S. (Resolución de 29.3.2019)
María José Echevarría Moreno
Jefa territorial de Pontevedra de la Consellería de Cultura y Turismo
ANEXO
Establecimiento |
Signatura |
Titular |
Domicilio |
Ayuntamiento |
Carlus |
V-PO-000479 |
María Victoria Fortes García |
Loureiro Crespo, 73 |
Pontevedra |
Centro Cultural |
V-PO-006022 |
Agustín Coello González |
Rosalía de Castro, 14 |
A Guarda |
La Lola |
V-PO-007610 |
La Lola, C.B. |
Carretera Pedornes, 59 |
Oia |
O Pañol |
V-PO-006119 |
Olga Begoña Taboada Silva |
Porto do Río, s/n, Pedornes |
Oia |