Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 186 Martes, 1 de octubre de 2019 Pág. 43316

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social

RESOLUCIÓN de 23 de septiembre de 2019, de la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado, por la que se publica la Resolución de 20 de septiembre del procedimiento BS306B, respecto de las ayudas convocadas al amparo de la Orden de 28 de diciembre de 2018 por la que se establecen las bases que rigen las ayudas enmarcadas en el programa Iniciativa Joven durante el año 2019 y se procede a su convocatoria.

La Consellería de Política Social convocó para el año 2019, a través de la Orden de 28 de diciembre de 2018 (DOG núm. 24, de 4 de febrero), las ayudas enmarcadas en el programa Iniciativa Joven.

De conformidad con la disposición adicional cuarta, se aprueba la delegación de atribuciones de la persona titular de la Consellería de Política Social en la persona titular de la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado y en las personas titulares de las jefaturas territoriales, en función de su respectivo ámbito competencial, para resolver la concesión, denegación, modificación u otros incidencias de las ayudas previstas en esta orden, así como para autorizar y disponer los gastos, el reconocimiento de las obligaciones y la propuesta de pago, en relación con lo dispuesto en el artículo 73.a) del Decreto legislativo 1/1999, de 7 de octubre.

Asimismo, el artículo 11 de la orden indica que se publicarán en el Diario Oficial de Galicia de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, los actos administrativos y las resoluciones de este procedimiento. Esta publicación producirá los efectos de la notificación. Serán igualmente objeto de publicidad a través de la página web de la de la consellería de Política Social (https://politicasocial.xunta.gal).

En fecha 22 de julio de 2019 se dictó la Resolución de concesión de subvenciones respecto de las ayudas convocadas al amparo de la Orden de 28 de diciembre de 2018 por la que se establecen las bases que rigen las ayudas enmarcadas en el programa Iniciativa Joven durante el año 2019, publicada en el Diario Oficial de Galicia el 5 de agosto de 2019, (DOG núm. 147), incluyendo la lista de reserva y la lista de personas excluidas.

En el artículo 17.3 de la orden de la convocatoria se establece que en el caso de producirse renuncias a estas ayudas por parte de las personas beneficiarias, el órgano instructor podrá realizar, si lo considera oportuno, nuevas propuestas de resolución de concesión de la ayuda a las personas solicitantes incluidas en la lista de reserva prevista en el punto anterior, con atención rigurosa al orden establecido en ella.

La cuantía global de la convocatoria recogida en el artículo 3 de la orden es de 400.000,00 €.

Debido a las renuncias a la subvención de 4 grupos informales de jóvenes y 1 entidad, se incrementó la aplicación presupuestaria en la cantidad de 20.465,93 €. Además, se produjeron los desistimientos de 2 grupos informales de jóvenes y de una entidad que se encontraban en la lista de reserva. A consecuencia de ello, se dicta una nueva Resolución el 20 de septiembre de 2019, en el procedimiento BS306B, respecto de las ayudas convocadas al amparo de la Orden de 28 de diciembre de 2018 por la que se establecen las bases que rigen las ayudas enmarcadas en el programa Iniciativa Joven durante el año 2019 y se procede a su convocatoria

Por lo expuesto,

RESUELVO:

Primero. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia del contenido íntegro de la Resolución de 20 de septiembre de 2019, dictada en el procedimiento BS306B respecto de las ayudas convocadas al amparo de la Orden de 28 de diciembre de 2018 por la que se establecen las bases que rigen las ayudas enmarcadas en el programa Iniciativa Joven durante el año 2019.

Segundo. El artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, establece que en los supuestos de publicaciones de actos que contengan elementos comunes, podrán publicarse de forma conjunta los aspectos coincidentes, especificándose únicamente los aspectos individuales de cada acto. Teniendo en cuenta la identidad de contenido de las referidas resoluciones, excepto en lo que se refiere a los cuadros que se contienen en sus anexos, y en uso de la facultad establecida en dicho artículo 45.2, se publica de forma conjunta el contenido de las resoluciones, especificándose únicamente los cuadros contenidos en los anexos de cada una de ellas.

Tercero. Comunicar que la Resolución de 20 de septiembre de 2019 agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 23 de septiembre de 2019

Cristina Pichel Toimil
Directora general de Juventud, Participación y Voluntariado

ANEXO

Resolución de 20 de septiembre de 2019 dictada en el procedimiento BS306B de concesión de subvenciones convocadas al amparo de la Orden de 28 de diciembre de 2018 por la que se establecen las bases que rigen las ayudas enmarcadas en el programa Iniciativa Joven durante el año 2019.

En fecha 22 de julio de 2019 se dictó la Resolución de concesión de subvenciones respecto de las ayudas convocadas al amparo de la Orden de 28 de diciembre de 2018 por la que se establecen las bases que rigen las ayudas enmarcadas en el programa Iniciativa Joven durante el año 2019, publicada en el Diario Oficial de Galicia el 5 de agosto de 2019 (DOG núm. 147), incluyendo la lista de reserva y la lista de personas excluidas.

En el artículo 17.3 de la orden de convocatoria se establece que en el caso de producirse renuncias a estas ayudas por parte de las personas beneficiarias, el órgano instructor podrá realizar, si lo considera oportuno, nuevas propuestas de resolución de concesión de la ayuda a las personas solicitantes incluidas en la lista de reserva prevista en el punto anterior, con atención rigurosa al orden establecida en ella.

La cuantía global de la convocatoria recogida en el artículo 3 de la orden es de 400.000,00 €.

Debido a las renuncias a la subvención de 4 grupos informales de jóvenes y 1 entidad, se incrementó la aplicación presupuestaria en la cantidad de 20.465,93 €. Además se produjeron los desistimientos de 2 grupos informales de jóvenes y de una entidad que se encontraban en la lista de reserva.

Por lo anterior,

RESUELVO:

Primero. Aceptar cinco renuncias de la lista de personas beneficiarias:

Orden de prelación

Nº de exp.

Solicitante

Representante del grupo informal

CIF/NIF

Puntos

Importe concedido (€)

10

2019/068-0

G.I. Moluska Producións

Aída Míguez González

***8915**

77,5

5.000,00

18

2019/086-0

Deva

Martín Rivas Vázquez

***7227**

72,5

5.000,00

23

2019/095-0

Meigallo

Verónica Castrillón Castro

***1910**

72,5

2.159,30

45

2019/056-0

Clube xóvenes gandeiros

G70149331

65

5.000,00

71

2019/092-0

Grupo en divulgación en defensa do patrimonio natural dos himonópteros galegos

Laura Pita García

***5457**

60

3.306,63

Segundo. Aceptar tres desistimientos de la lista de reserva:

Orden de prelación

Nº de exp.

Solicitante

Representante del grupo informal

CIF/NIF

Puntos

Importe concedido (€)

1

2019/101-0

Sin título

Rebeca López Villar

***6064**

57,5

2.935,00

4

2019/106-0

Xuventude do Navia

Julia Gegunde García

***8456**

55

5.000,00

6

2019/065-0

A asociación cultural A Pinguela de Bama

G70537337

55

4.990,50

Tercero. Conceder a las personas de la lista de reserva la subvención convocada por la Orden de 28 de septiembre de 2019 con cargo a la aplicación presupuestaria 13.05.313A.481.0:

Orden de prelación

Nº de exp.

Solicitante

Representante del grupo informal

CIF/NIF

Puntos

Importe concedido (€)

2

2019/063-0

Asociación xuvenil Aslan

G27801901

57,5

5.000,00

3

2019/119-0

Sororidade

Uxía Sar López

***0029**

55

5.000,00

5

2019/051-0

G.I. Implícate

Andrea Piñeiro Puente

***9362**

55

5.000,00

7

2019/034-0

Asociación Cultural, Artística e de Produción Audiovisual Visualmedia Galicia

G32397796

55

4.760,47

Cuarto. De conformidad con el artículo 18 de las bases reguladoras, las entidades o grupos beneficiarios dispondrán de un plazo de diez días, desde la publicación de la resolución de concesión, para realizar alguno de los siguientes trámites mediante la presentación del anexo V:

a) Renunciar a la subvención concedida si, por cualquier circunstancia, no puede realizar el proyecto subvencionado, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 5.6.

b) Solicitar el anticipo previsto en el artículo 20.2. Para ello deberá presentarse, además:

1º. El anexo X debidamente cubierto. En el caso de los grupos informales, todas las personas que lo componen deberán ser titulares de la cuenta bancaria y firmar este anexo.

2º. Las certificaciones de estar al corriente de las obligaciones con la AEAT, la TGSS y la consejería competente en materia de hacienda de la Xunta de Galicia, sólo en caso de que se opusieran expresamente a su consulta automática en el trámite de solicitud.

Transcurrido el plazo de diez días, no se admitirán más solicitudes de anticipo.

Quinto. La fecha límite para presentar la justificación de la subvención es el 15 de octubre de 2019.

Se justificará la totalidad del proyecto subvencionado, para lo cual deberá presentarse la documentación relacionada en el artículo 19.

Sexto. Esta resolución agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado a partir el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 20 de septiembre de 2019. La conselleira de Política Social, P.D. (Artículo 18 de la Orden de 28.12.2018), Cristina Pichel Toimil, directora general de Juventud, Participación y Voluntariado.