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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 186 Martes, 1 de octubre de 2019 Pág. 43344

IV. Oposiciones y concursos

Consellería de Hacienda

RESOLUCIÓN de 20 de septiembre de 2019, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se aprueba y se hace público el procedimiento para la acreditación de los méritos correspondientes a la fase de concurso del proceso selectivo para el ingreso por el turno de acceso libre en la categoría 001 (camarero/a-limpiador/a//ayudante/a de cocina) del grupo V de personal laboral fijo de la Xunta de Galicia.

Por Orden de 1 de marzo de 2018 (DOG núm. 47, de 7 de marzo) se convocó el proceso selectivo para el ingreso por el turno de acceso libre en la categoría 001 (camarero/a-limpiador/a//ayudante/a de cocina) del grupo V de personal laboral fijo de la Xunta de Galicia, que establece como sistema selectivo el de concurso-oposición.

La base II.3.2 de la convocatoria dispone que «los méritos enumerados en la base II.3.1. deberán referirse a la fecha de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia, y deberán acreditarse en los plazos y de conformidad con el procedimiento que establezca la Dirección General de la Función Pública y que será publicado en el Diario Oficial de Galicia. No se tendrán en cuenta los méritos que no se presenten conforme a lo establecido en dicho procedimiento».

En cumplimiento de la previsión anterior, y con el objeto de que las personas aspirantes puedan acreditar los méritos con los que cuenten en la fase de concurso, esta dirección general

RESUELVE:

Primero. Aprobar y publicar el procedimiento a seguir para la acreditación de los méritos correspondientes a la fase de concurso del proceso selectivo para el ingreso, por el turno de acceso libre en la categoría 001 (camarero/a-limpiador/a//ayudante/a de cocina) del grupo V de personal laboral fijo de la Xunta de Galicia.

Segundo. La base II.3.1 de la convocatoria dispone que «La fase de concurso consistirá en la valoración, a las personas aspirantes que superaron la fase de oposición de la experiencia profesional, entendida como los servicios prestados como personal laboral en la categoría 001 del grupo V en el ámbito del V Convenio colectivo de personal laboral de la Xunta de Galicia, o como personal laboral en la misma categoría en cualquier otra Administración pública, siempre que se incluya dentro del mismo grupo de titulación.

Se entenderá que es la misma categoría en otra Administración pública cuando figure en el contrato firmado alguna de las siguientes denominaciones: camarera/o-limpiadora/or//ayudanta/e de cocina//planchadora/or-lavandera/o//costurera/o//cortadora/or//planchadora/or//lavandera/o.

Tercero. Para acreditar los méritos recogidos en la base II.3.1.1 de la convocatoria:

a) En el caso de servicios prestados en la Xunta de Galicia, las personas aspirantes presentarán la documentación segundo el modelo de certificación que figura como anexo a esta resolución y que será expedida y debidamente firmada por las unidades siguientes de acuerdo con el último destino en el día de publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia:

– Servicios centrales: secretaría general técnica, subdirección general o jefatura del servicio que tenga atribuidas funciones en materia de gestión de personal, dependientes de la secretaría general técnica de la consellería respectiva, o titulares de los órganos o unidades equivalentes de las entidades públicas instrumentales del sector público autonómico.

– Servicios periféricos: jefaturas territoriales o, de ser el caso, personal responsable del área de personal de las jefaturas territoriales de la consellería respectiva, o de las entidades públicas instrumentales del sector público autonómico.

b) En el caso de servicios prestados en otras administraciones públicas, las personas aspirantes presentarán la documentación según el modelo de certificación que figura como anexo a esta resolución y que será expedida y debidamente firmada por la unidad responsable del área de personal de la administración correspondiente, debiendo aportar además certificado de vida laboral emitido por el órgano competente de la Seguridad Social y copia del contrato o nombramiento.

A efectos del cómputo de los servicios prestados, los meses se considerarán integrados por 30 días naturales y las fracciones de mes podrán sumarse entre sí para conseguir un mes completo, depreciándose la fracción resultante inferior al mes.

Los servicios efectivos prestados en jornadas inferiores a la completa se valorarán proporcionalmente.

No se valorará ninguna experiencia profesional que no conste en el anexo citado.

Cuarto. Las personas aspirantes dispondrán, para presentar la documentación señalada en el apartado anterior, de un plazo de 10 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación de la resolución del tribunal por la que se hagan públicas las notas del segundo ejercicio de la fase de oposición o de la resolución por la que se declare a todas las personas exentas del mismo en el Diario Oficial de Galicia. Esta documentación irá dirigida a la Consellería de Hacienda, Dirección General de la Función Pública, Edificio Administrativo de San Caetano, Santiago de Compostela.

Santiago de Compostela, 20 de septiembre de 2019

José Mª Barreiro Díaz
Director general de la Función Pública

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