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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 185 Lunes, 30 de septiembre de 2019 Pág. 43190

IV. Oposiciones y concursos

Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional

ORDEN de 18 de septiembre de 2019 por la que se nombran funcionarios o funcionarias en prácticas a las personas opositoras que superaron los procedimientos selectivos de ingreso y acceso al cuerpo de profesores de enseñanza secundaria, de profesores de escuelas oficiales de idiomas, de profesores de música y artes escénicas y de profesores técnicos de formación profesional de la Comunidad Autónoma de Galicia convocados por la Orden de 21 de febrero de 2019 (Diario Oficial de Galicia de 8 de marzo).

Por la Orden de 21 de febrero de 2019 (DOG de 8 de marzo) se convocaron, entre otros,  procedimientos selectivos de ingreso y acceso al cuerpo de profesores de enseñanza secundaria, de profesores de escuelas oficiales de idiomas, de profesores de música y artes escénicas y de profesores técnicos de formación profesional, de la Comunidad Autónoma de Galicia.

De conformidad con lo establecido en la base decimonovena y vigésima de la citada orden, las personas aspirantes seleccionadas deberán realizar un período de prácticas que formará parte del proceso selectivo.

Al existir vacantes dotadas presupuestariamente, procede nombrar funcionarios o funcionarias en prácticas a las personas opositoras que fueron destinadas a aquellas.

En su virtud, la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional

DISPONE:

Primero. Nombrar funcionarios o funcionarias en prácticas de los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria, de profesores de escuelas oficiales de idiomas, de profesores de música y artes escénicas y de profesores técnicos de formación profesional a las personas aspirantes a dichos cuerpos que se relacionan en el anexo de la Orden de 31 de julio de 2019, publicada en el DOG de 23 de agosto, por la que se hace pública la relación de personas aspirantes que superaron los procedimientos selectivos convocados por la Orden de 21 de febrero de 2019 (DOG de 8 de marzo).

Segundo. Nombrar funcionarios en prácticas a Marcos Salgado Rodríguez, con DNI ***6075**, del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria, especialidad de geografía e historia, por no tener superada la fase de prácticas, así como a Carlos Lixó Gómez, con DNI ***8744**, del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria, especialidad de geografía e historia y a Alba Carballo González, con DNI ***5491**, del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria, especialidad de matemáticas, que tenían concedido el aplazamiento de la fase de prácticas en los procedimientos selectivos de los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria y profesores técnicos de formación profesional convocados por la Orden de 14 de marzo de 2018 (DOG de 21 de marzo).

Tercero. Conceder el aplazamiento de la fase de prácticas  a Andrea Fidalgo Giráldez, DNI ***9040**, especialidad lengua castellana y literatura, Lorena Barbeito Barciela, DNI ***9239**, especialidad de geografía e historia, María Cristina Vilas Taboada, ***9983**, especialidad matemáticas, Vanesa Vázquez Novo, DNI ***8636**, especialidad inglés, Andrea Castelo Veiga, DNI ***9490**, especialidad lengua gallega y literatura, Javier Telmo Miranda, DNI ***3731**, especialidad organización y proyectos de fabricación mecánica, a José Crecente Campo, DNI ***7728**, especialidad procesos en la industria alimentaria y a María José Pazos García, DNI ***1824**, especialidad procesos de gestión administrativa, que superaron el procedimiento selectivo de ingreso en el cuerpo de profesores de enseñanza secundaria.

Cuarto. El nombramiento como funcionario o funcionaria en prácticas producirá efectos económicos y administrativos desde el 16 de septiembre de 2019, o del 17 de septiembre de 2019 para quien tenga un nombramiento en vigor correspondiente al curso 2018/19 hasta el 16 de septiembre  de 2019, o desde la fecha de su toma de posesión, de ser esta posterior.

Quinto. El régimen retributivo del personal funcionario en prácticas será el establecido en el Real decreto 456/1986, de 10 de febrero (BOE de 6 de marzo), modificado por el Real decreto 213/2003, de 21 de febrero (BOE de 1 de marzo) por el que se fijan las retribuciones de personal funcionario en prácticas.

Sexto. El personal funcionario en prácticas que ya esté prestando servicios remunerados en la Administración como personal funcionario de carrera o personal funcionario interino, personal contratado administrativo o como personal laboral, sin perjuicio de la situación administrativa o laboral que, de acuerdo con la normativa vigente le corresponda, deberá formular opción para la percepción de las remuneraciones en tanto persista su condición de personal funcionario en prácticas, de conformidad con lo dispuesto en el Real decreto 456/1986, de 10 de febrero (BOE de 6 de marzo), modificado por el Real decreto 213/2003, de 21 de febrero (BOE de 1 de marzo).

Séptimo. La Dirección General de Centros y Recursos Humanos adoptará todas las medidas y dictará las instrucciones que considere oportunas para el desarrollo de la presente orden.

Santiago de Compostela, 18 de septiembre de 2019

Carmen Pomar Tojo
Conselleira de Educación, Universidad y Formación Profesional