BDNS (Identif.): 474663.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero. Entidades beneficiarias
Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas concedidas al amparo de estas bases reguladoras los clubes deportivos gallegos, sociedades anónimas deportivas y las federaciones deportivas gallegas que no resultaran beneficiarias de la concesión de la subvención a través de la Resolución de 22 de mayo de 2019, de la Secretaría General para el Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la adquisición de equipamientos deportivos, y se procede a su convocatoria para el año 2019 (código de procedimiento PR949A) .
Segundo. Objeto
Por esta resolución se procede a la segunda convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la adquisición de equipamientos deportivos para el año 2019.
Tercero. Bases reguladoras
Las bases reguladoras por las cuales se regirá la convocatoria de subvenciones de la Secretaría General para el Deporte, en régimen de concurrencia competitiva, para la adquisición de equipamientos deportivos son las aprobadas a través de la Resolución de 22 de mayo de 2019, de la Secretaría General para el Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la adquisición de equipamientos deportivos, y se procede a su convocatoria para el año 2019 (código de procedimiento PR949A), que se publicó en el DOG número 98, de 24 de mayo.
Cuarto. Importe
Para el ejercicio económico del año 2019, el crédito presupuestario para financiar estas ayudas es de 1.916.089,69 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 04.40.441A.780.1, Convocatoria para equipamiento deportivo a las entidades deportivas, de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2019.
Quinto. Plazo para presentar las solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
No obstante, no será necesario la presentación de una nueva solicitud por parte de las entidades solicitantes al amparo de la Resolución de 22 de mayo de 2019, cuya solicitud fuera desestimada en base a la no disponibilidad de crédito de esa convocatoria. En este supuesto, la Administración incorporará y tramitará de oficio aquellas solicitudes a la presente convocatoria, notificándoles esta circunstancia a las entidades afectadas.
No obstante, dentro del plazo de presentación de solicitudes, las mentadas entidades podrán manifestar su desistimiento o modificar las solicitudes incorporadas de oficio por la Administración. En este supuesto será necesario la presentación de una nueva solicitud de acuerdo con el anexo III.
Santiago de Compostela, 24 de septiembre de 2019
José Ramón Lete Lasa
Secretariel general para el Deporte