BDNS (Identif.): 474265.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre , general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Entidades beneficiarias
Podrán solicitar esta subvención todos aquellos ayuntamientos y mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Galicia que pretendan desarrollar, individualmente o agrupados, un proyecto de prevención de conductas adictivas y que reúnan los requisitos señalados en el artículo 4 de la orden.
La asignación económica de la subvención tendrá carácter individual para cada ayuntamiento y mancomunidad, excepto en el caso de las agrupaciones de ayuntamientos, en el que se asignará una única subvención para realizar un proyecto común.
Segundo. Objeto
Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y convocar en régimen de concurrencia competitiva la concesión de subvenciones para la cofinanciación de proyectos de prevención de conductas adictivas realizados por entidades locales gallegas.
El contenido de los proyectos que se desarrollarán durante los años 2019, 2020, 2021 y 2022 deberá ajustarse a los programas señalados en el artículo 6.
Tercero. Bases reguladoras y convocatoria
Orden de 16 de septiembre de 2019 por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la cofinanciación de proyectos de prevención de conductas adictivas promovidos por ayuntamientos, mancomunidades de ayuntamientos o agrupaciones de ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Galicia, y se procede a su convocatoria (código de procedimiento SA463G).
Cuarto. Cuantía
La cuantía total de las subvenciones que se van a conceder es de 2.213.463,00 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 1002.413A.460.1, distribuidos de la siguiente manera:
a) Año 2019: 368.910,50 €.
b) Año 2020: 737.821,00 €.
c) Año 2021: 737.821,00 €.
d) Año 2022: 368.910,50 €.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.
Sexto. Otros datos
Para poder ser beneficiaria de las subvenciones deberá presentarse una solicitud ajustada al modelo normalizado que, a título exclusivamente informativo, figura como anexo de la orden y que estará disponible tanto en la guía de procedimientos (https://sede.xunta. gal/ guia-de-procedementos) como en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal) con el código SA463G.
Santiago de Compostela, 16 de septiembre de 2019
Jesús Vázquez Almuíña
Conselleiro de Sanidad