Yo, María Cristina Montero Carré, letrada de la Administración de justicia de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de A Coruña, hago saber que en el rollo de apelación que se dirá ha recaído sentencia el 10 de abril de 2019, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Rollo: recurso de apelación (LECN) 344/2018.
Juzgado de procedencia: Juzgado de Primera Instancia número 12 de A Coruña.
Procedimiento de origen: juicio cambiario 1120/2009.
La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de A Coruña ha pronunciado, en nombre del rey, la siguiente:
Sentencia número 155/2019.
Magistrados: Manuel Conde Núñez, Julio Tasende Calvo, Carlos Fuentes Candelas.
En A Coruña a diez de abril de dos mil diecinueve.
En el recurso de apelación civil número 344/18, interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 12 de A Coruña, en juicio cambiario número 1120/09, seguido entre partes, como apelante/demandante: Propenor, S.L., representada por la procuradora Sra. Sánchez Presedo, y como demandada/rebelde: Valvilar, S.L. Es ponente Carlos Fuentes Candelas.
(Siguen antecedentes de hecho y fundamentos jurídicos)
Fallo:
Se estima en parte el recurso de apelación y se deja sin efecto la caducidad de la instancia de la sentencia del Juzgado de Primera Instancia, decretándose la nulidad de ésta y de las actuaciones para retrotraer las mismas a fin de la celebración de la vista correspondiente con lo demás que se derive procesalmente de ello. Todo ello sin mención de las costas de la apelación y devolución del depósito para recurrir.
Y para que conste y sirva para la inserción en el Diario Oficial de Galicia (DOG) al objeto de notificar a las partes declaradas en rebeldía Valvilar, S.L., expido y firmo la presente. Doy fe.
A Coruña, 31 de mayo de 2019
La letrada de la Administración de justicia