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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 170 Lunes, 9 de septiembre de 2019 Pág. 39671

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 27 de agosto de 2019 por la que se notifica el acuerdo de incoación de expediente de reposición de la legalidad urbanística derivado del expediente PON/126/2019-RP1.

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística acordó, el 18 de julio de 2019, incoar expediente de reposición de la legalidad urbanística en relación con las obras consistentes en reforma de tres edificaciones existentes e implantación de la actividad de gestión forestal denominada Silvareira Servicios Forestales, S.L., en el barrio de Carrasqueira, parroquia de Prado, en el término municipal de Ponteareras, provincia de Pontevedra.

Al no poder realizarse la notificación personal de aquel acuerdo a Amancio Serrapio Suárez, mediante la presente cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se le notifica al interesado dicho acuerdo por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica en su integridad, se hace saber al interesado que el texto íntegro del acuerdo que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Axencia de Protección de la Legalidad Urbanística sitas en el edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido dicho plazo la notificación se entenderá producida.

El interesado dispondrá de un plazo de quince (15) días hábiles para alegar y presentar los documentos e informaciones que estimen pertinentes y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de los que pretendan valerse.

Para que conste, y le sirva de notificación al citado interesado en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 27 de agosto de 2019

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística
P.S. (Artículo 3 del Decreto 51/2008, de 6 de marzo;
DOG núm. 59, de 27 de marzo)
José María Domínguez Blanco
Subdirector de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística