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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 169 Viernes, 6 de septiembre de 2019 Pág. 39028

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Sanidad

CÉDULA de 22 de agosto de 2019, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por la que se notifica la resolución del expediente sancionador 2019321AL-PO, por infracción en materia sanitaria.

El 5 de agosto de 2019 la jefa territorial de Pontevedra dictó la resolución del expediente sancionador núm. 2019321AL-PO, incoado a la persona titular del DNI 36101978M.

Tras intentar la notificación de esta resolución según lo dispuesto en el artículo 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no se pudo practicar, por lo que, mediante esta cédula, se notifica a la persona titular del DNI 36101978M el contenido de dicha resolución, que figura en el anexo, según lo dispuesto en el artículo 44 de dicha ley, para que tenga conocimiento de la misma.

En caso de estar conforme con esta resolución, deberá hacer efectiva la multa en el siguiente plazo:

1. Si la publicación se realiza entre los días 1 y 15 del mes, desde la fecha de la publicación hasta el día 20 del mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

2. Si la publicación se realiza entre los días 16 y último del mes, desde la fecha de la publicación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

Para ello deberá emplear los impresos normalizados que le serán facilitados en las dependencias de esta jefatura territorial. El pago voluntario pondrá fin al expediente. De no hacerlo así, se procederá a su cobro por la vía de apremio.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Sanidad, Edificio Administrativo San Lázaro, en Santiago de Compostela, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Esta cédula se expide para que conste y le sirva de notificación a la persona interesada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, se hace constar que la eficacia de la notificación quedará supeditada a su publicación en el TEU del BOE.

Pontevedra, 22 de agosto de 2019

Ángeles Feijoo-Montenegro Fernández
Jefa territorial de Pontevedra

ANEXO

Número de expediente: 2019321AL-PO.

DNI de la persona denunciada: 36101978M.

Hecho imputado: infracción de lo previsto en el Reglamento (CE) 852/2004, de 29 de abril, relativo a la higiene de los productos alimenticios.

Preceptos infringidos:

Artículo 3: «Obligaciones generales de los operadores de empresa alimentaria. Los operadores de empresa alimentaria se cerciorarán de que en todas las etapas de la producción, la transformación y la distribución de alimentos bajo su control se cumplen los requisitos de higiene pertinentes contemplados en el presente reglamento».

Artículo 5. Sobre el sistema de análisis de peligros y puntos de control crítico.

Tipificación: una infracción administrativa tipificada como leve en el artículo 51.1, párrafo 10, de la Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria.

Sanción propuesta: ochocientos euros (800 €).