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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 165 Lunes, 2 de septiembre de 2019 Pág. 38556

IV. Oposiciones y concursos

Consellería de Hacienda

RESOLUCIÓN de 29 de julio de 2019, del tribunal designado para juzgar el proceso selectivo para el ingreso en el cuerpo de gestión de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo A2, convocado por la Orden de 1 de marzo de 2018, por la que se da publicidad a diversos acuerdos.

En sesiones celebradas el 23 y el 29 de julio de 2019, el tribunal nombrado por la Orden de 1 de marzo de 2019 (DOG núm. 48, de 8 de marzo), modificado por la Orden de 12 de marzo de 2019 (DOG núm. 51, de 13 de marzo) y por la Orden de 11 de abril de 2019 (DOG núm. 72, de 12 de abril), para calificar el proceso selectivo para el ingreso en el cuerpo de gestión de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo A2, convocado por la Orden de 1 de marzo de 2018 (DOG núm. 47, de 7 de marzo),

ACORDÓ:

Primero. Revisadas, en las sesiones celebradas el 23 y el 29 de julio de 2019, las reclamaciones presentadas al amparo de lo previsto en la base II.1.2.7 de la convocatoria, se acordó:

– Anular las preguntas números 2, 13 y 14.

– Las preguntas anuladas serán sustituidas por las preguntas de reserva con los números 41, 42 y 43.

– Rechazar las demás reclamaciones.

Segundo. De conformidad con lo dispuesto en la base II.1.1.2 de la convocatoria, superaron el segundo ejercicio del proceso selectivo los aspirantes que obtuvieron una puntuación mínima de veinte (20) puntos, fijándose en 26 el número de respuestas correctas para alcanzar dicha puntuación, una vez hechas las deducciones previstas en dicha base de la convocatoria.

A estos efectos, en los criterios de corrección, valoración y superación del segundo ejercicio aprobados por el tribunal el 18 de junio de 2019 en cumplimiento de la potestad de determinación del criterio de superación del ejercicio y publicados en el portal web de la Xunta de Galicia funcionpublica.xunta.gal, se estableció que superarían el segundo ejercicio las personas aspirantes que consiguieran las mejores puntuaciones en el conjunto de todos los turnos, hasta completar el número máximo de 75, siempre que obtuvieran un mínimo de 15 respuestas correctas (una vez hechas las deducciones por preguntas incorrectas, que descontarán cada una de ellas un tercio de una pregunta correcta), asignándose la valoración de 20 puntos en el ejercicio a las personas aspirantes que obtuvieran una nota equivalente a la nota de corte fijada. Todas las personas aspirantes con idéntica puntuación a aquella persona aprobada que marque el corte se consideran igualmente aprobadas aunque se superase el número de aspirantes antes indicado (75).

El resto de las personas declaradas aptas tendrá una calificación distribuida entre los 20 y los 40 puntos, proporcional al número de respuestas correctas. Del mismo modo se asignará la puntuación proporcional que corresponda a las personas aspirantes declaradas no aptas.

Hecha la corrección en sesión de 29 de julio de 2019 y de acuerdo con los criterios de corrección acordados por el tribunal el 18 de junio de 2019, superaron el segundo ejercicio un total de 77 aspirantes en el conjunto de todos los turnos.

Tercero. Publicar las puntuaciones obtenidas por los aspirantes presentados al segundo ejercicio del proceso selectivo para el ingreso en el cuerpo de gestión de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo A2, en el lugar donde se realizó la prueba y en el portal web de la Xunta de Galicia funcionpublica.xunta.gal.

Cuarto. De acuerdo con lo dispuesto en la base II.1.2.8 de la convocatoria, los aspirantes podrán presentar las alegaciones que consideren oportunas con relación a las puntuaciones, en el plazo de diez (10) días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Quinto. De conformidad con lo dispuesto en la base III.13 de la orden de convocatoria, contra este acuerdo se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Hacienda en los términos previstos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Sexto. De conformidad con lo dispuesto en la base II.1.1.4 de la orden de convocatoria, estarán exentas de realizar el cuarto ejercicio para evidenciar el conocimiento de la lengua gallega las personas aspirantes que acrediten que, dentro del plazo señalado para presentar la solicitud para participar en el proceso selectivo, posean el Celga 4 o el equivalente.

Los documentos que justifiquen la exención (originales o fotocopia compulsadas) deberán ser presentados por las personas aspirantes que superen el segundo ejercicio, en el plazo de diez (10) días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación en el DOG de esta resolución.

Santiago de Compostela, 29 de julio de 2019

Vanessa Cal Ríos
Presidenta del tribunal