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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 165 Lunes, 2 de septiembre de 2019 Pág. 38549

IV. Oposiciones y concursos

Consellería de Hacienda

RESOLUCIÓN de 23 de julio de 2019, del tribunal encargado de calificar el proceso selectivo para el ingreso, por el turno de promoción interna, en el cuerpo superior de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo A1, convocado mediante la Orden de 1 de marzo de 2019 (Diario Oficial de Galicia número 48, de 8 de marzo), por la que se da publicidad a diversos acuerdos.

En sesiones que tuvieron lugar el 17 y 23 de julio de 2019, el tribunal nombrado mediante la Orden de 1 de marzo de 2019 (DOG núm. 48, de 8 de marzo) para calificar el proceso selectivo para el ingreso, por el turno de promoción interna, en el cuerpo superior de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo A1, convocado mediante la Orden de 1 de marzo de 2018 (DOG de 8 de marzo),

ACORDÓ:

Primero. Revisadas, en la sesión celebrada el 17 de julio de 2019, las reclamaciones presentadas al amparo de lo previsto en la base II.1.2.7 de la convocatoria, se acuerda:

– Declarar extemporánea la reclamación presentada por Rocío Somoza López el día 12 de julio de 2019 (entrada 62714/RX 1516754).

– Anular las preguntas 18, 19, 28 y 35, que serán sustituidas por las cuatro preguntas de reserva del ejercicio, y desestimar en su totalidad el resto de las reclamaciones.

Segundo. De conformidad con lo dispuesto en la base II.1.1.2 de la convocatoria, el ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos y para superarlo será necesario obtener un mínimo de 10 puntos. A estos efectos, en los criterios de corrección, valoración y superación del segundo ejercicio aprobados por el tribunal el 27 de junio de 2019 en cumplimiento de la potestad de determinación del criterio de superación del ejercicio, y publicados en el portal web de la Xunta de Galicia funcionpublica.xunta.gal, se estableció que superarían el segundo ejercicio «las personas aspirantes presentadas que hubiesen obtenido un mínimo de veinte (20) respuestas correctas una vez hechas las deducciones por respuestas incorrectas, que descontarán cada una de ellas un tercio de una pregunta correcta. Las preguntas no contestadas no penalizan ni reciben puntuación. Se asignará la valoración de 10 puntos en el ejercicio a las personas aspirantes que obtengan una nota equivalente a la nota de corte fijada. El resto de las personas declaradas aptas tendrá una calificación distribuida entre los 10 y los 20 puntos, proporcional al número de respuestas correctas. Del mismo modo, se asignará la puntuación proporcional que corresponda a las personas aspirantes declaradas no aptas».

Hecha la corrección en sesión de 23 de julio de 2019, y conforme a los criterios anteriores, superaron el examen un total de 23 aspirantes.

Tercero. Publicar las puntuaciones obtenidas por los aspirantes presentados al segundo ejercicio del proceso selectivo para el ingreso, por el turno de promoción interna, en el cuerpo superior de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo A1, en el lugar donde se realizó la prueba y en el portal web de la Xunta de Galicia funcionpublica.xunta.gal

Cuarto. De acuerdo con lo dispuesto en la base II.1.2.8 de la convocatoria, los aspirantes podrán presentar las alegaciones que consideren oportunas con relación a las puntuaciones en el plazo de diez (10) días hábiles contados desde el siguiente al de publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Quinto. De conformidad con la base II.1.1.4 de la convocatoria, estarán exentas de realizar el ejercicio cuarto, de conocimiento de gallego, las personas aspirantes que acrediten que, dentro del plazo señalado para presentar la solicitud para participar en el proceso selectivo, poseen el Celga 4 o el equivalente debidamente homologado por el órgano competente en materia de política lingüística de la Xunta de Galicia, de acuerdo con la disposición adicional segunda de la Orden de 16 de julio de 2007 por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (DOG núm. 146, de 30 de julio), modificada por la Orden de 10 de febrero de 2014 (DOG núm. 34, de 19 de febrero).

Los documentos que justifiquen la exención (originales o fotocopia compulsadas) deberán ser presentados por las personas aspirantes que superen el segundo ejercicio en el plazo de diez (10) días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación en el DOG de la resolución por la que el tribunal haga públicas las calificaciones del ejercicio.

Junto con la resolución anterior, la Dirección General de la Función Pública publicará en el portal web corporativo (funcionpublica.xunta.gal) un listado de personas aspirantes en el cual figurarán aquellas que, por haber acreditado la posesión del Celga requerido en cualquier procedimiento competencia de la dirección general, no tienen que presentar la documentación justificativa de la exención.

Sexto. De conformidad con lo dispuesto en la base III.13 de la orden de convocatoria, contra este acuerdo se podrá interponer recurso de alzada, ante el conselleiro de Hacienda, en los términos previstos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 23 de julio de 2019

Alfonso García Magariños
Presidente del tribunal