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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 161 Martes, 27 de agosto de 2019 Pág. 37720

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (PO 276/2018).

Yo, María Teresa Vázquez Abades, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 276/2018 de este juzgado de lo social, seguidos a instancia de Francisco Javier Mayo Veloso contra la empresa Global Sales Solutions Line Atlántico, S.L., Global Sales Solutions Line, S.L., Fundación Pública Urxencias Sanitarias de Galicia-061, Grupo Norte Agrupación Empresarial de Servicios, S.L. y Gestión de Servicios de Emergencia y Atención al Ciudadano, S.A., sobre reconocimiento de derecho, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

«Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por Francisco Javier Mayo Veloso, contra Fundación Pública Urxencias Sanitarias de Galicia-061, Grupo Norte Agrupación Empresarial de Servicios, S.L., Gestión de Servicios de Emergencia y Atención al Ciudadano, S.A., Global Sales Solutions Line, S.L. y Global Sales Solutions Line Atlántico, S.L., debo absolver y absuelvo a las demandadas de las peticiones deducidas en su contra.

Notifíquese a las partes la presente resolución haciéndoles saber que frente a la misma cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente al de su notificación».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Gestión de Servicios de Emergencia y Atención al Ciudadano, S.A., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y tablón de anuncios de este juzgado.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 31 de julio de 2019

La letrada de la Administración de justicia