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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 161 Martes, 27 de agosto de 2019 Pág. 37717

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (PO 275/2018).

Yo, María Teresa Vázquez Abades, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 275/2018 de este juzgado de lo social, seguidos a instancia de Juan Carlos Millán Silva contra las empresas Gestión de Servicios de Emergencia y Atención al Ciudadano, S.A., Sitel Ibérica Teleservices, S.A., Global Sales Solutions Line, S.L., Global Sales Solutions Line Atlántico, S.L. y Grupo Norte Agrupación Empresarial de Servicios, S.L., sobre reconocimiento de derecho, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Que, desestimando íntegramente la demanda interpuesta por Juan Carlos Millán Silva contra la Fundación Pública Urxencias Sanitarias de Galicia-061, Grupo Norte Agrupación Empresarial de Servicios, S.L., Gestión de Servicios de Emergencia y Atención al Ciudadano, S.A., Global Sales Solutions Line, S.L., Global Sales Solutions Line Atlántico, S.L. y Sitel Ibérica Teleservices, S.A., debo absolver y absuelvo a las demandadas de las peticiones deducidas en su contra.

Notifíquese a las partes la presente resolución, haciéndoles saber que frente a la misma cabe recurso de suplicación, para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente al de su notificación.

Para que sirva de notificación en legal forma a Gestión de Servicios de Emergencia y Atencion al Ciudadano, S.A., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de anuncios de este juzgado.

Se le advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 24 de julio de 2019

La letrada de la Administración de justicia