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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 155 Lunes, 19 de agosto de 2019 Pág. 36916

III. Otras disposiciones

Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional

ORDEN de 26 de julio de 2019 por la que se autoriza la inclusión de la Escuela de Música Municipal de Begonte (Lugo) en el Registro de Escuelas de Música y Danza de la Comunidad Autónoma de Galicia.

El Ayuntamiento de Begonte solicita la inscripción de la Escuela de Música Municipal en el Registro de Escuelas de Música y Danza de la Comunidad Autónoma de Galicia, de conformidad con la Orden de 11 de marzo de 1993, que regula las condiciones de creación y funcionamiento de estos centros docentes.

Después de realizar los trámites que establece la normativa vigente, a propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos,

DISPONGO:

Artículo 1. Inscripción en el Registro de Escuelas de Música

Autorizar la inclusión en el Registro de Escuelas de Música y Danza de la Comunidad Autónoma de Galicia de la escuela de música que se señala:

Denominación: Escuela de Música Municipal de Begonte.

Provincia: Lugo.

Ayuntamiento: Begonte.

Código postal: 27373.

Localidad: Begonte.

Domicilio: avenida de Galicia, 104.

Código del centro: 27020951.

Titular: Ayuntamiento de Begonte.

Artículo 2. Régimen jurídico

Esta escuela queda sometida al régimen de escuelas de música y danza, según lo establecido en la Orden de 11 de marzo de 1993 y a los servicios de inspección correspondientes.

Artículo 3. Modificación de la autorización

El centro deberá solicitar la oportuna revisión de la inscripción cuando tengan que modificarse cualquiera de los datos señalados en esta orden.

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán formular recurso potestativo de reposición ante esta consellería, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, directamente, el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la misma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 26 de julio de 2019

Carmen Pomar Tojo
Conselleira de Educación, Universidad y Formación Profesional