Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 143 Martes, 30 de julio de 2019 Pág. 34943

IV. Oposiciones y concursos

Consellería de Hacienda

RESOLUCIÓN de 19 de julio de 2019, del tribunal designado para juzgar el proceso selectivo para el ingreso en el cuerpo superior de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo A1, convocado por la Orden de 1 de marzo de 2018 por la que se da publicidad de diversos acuerdos.

En sesiones que tuvieron lugar el 11 y el 19 de julio de 2019, el tribunal nombrado por Orden de 1 de marzo de 2019 (DOG núm. 48, de 8 de marzo) para calificar el proceso selectivo para el ingreso en el cuerpo superior de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo A1, convocado por Orden de 1 de marzo de 2018 (DOG núm. 47, de 7 de marzo),

ACORDÓ:

Primero. Revisadas en las sesiones celebradas el 11 y el 19 de julio de 2019 las reclamaciones presentadas al amparo de lo previsto en la base II.1.2.7 de la convocatoria, se acuerda anular la pregunta número 55. Su lugar pasa a ser ocupado por la pregunta 61. Se desestiman en su totalidad las restantes reclamaciones.

Segundo. De conformidad con lo dispuesto en la base II.1.1.2 de la convocatoria, superaron el segundo ejercicio del proceso selectivo los aspirantes que obtuvieron una puntuación mínima de veinte puntos (20 puntos). A estos efectos, en los criterios de corrección, valoración y superación del segundo ejercicio aprobados por el tribunal el 4 de junio de 2019 en cumplimiento de la potestad de determinación del criterio de superación del ejercicio, y publicados en el portal web de la Xunta de Galicia funcionpublica.xunta.gal, se estableció que superarían el segundo ejercicio las personas aspirantes que alcanzaran las mejores puntuaciones en el conjunto de todos los turnos, hasta completar el número máximo de 115, siempre que obtuvieran un mínimo de 30 respuestas correctas (una vez hechas las deducciones por preguntas incorrectas, que descontarán cada una de ellas un tercio de una pregunta correcta), asignándose la valoración de 20 puntos en el ejercicio a las personas aspirantes que obtuvieran una nota equivalente a la nota de corte fijada. El resto de las personas declaradas aptas tendrá una calificación distribuida entre los 20 y los 40 puntos, proporcional al número de respuestas correctas. Del mismo modo se asignará la puntuación proporcional que corresponda a las personas aspirantes declaradas no aptas.

Hecha la corrección en sesión de 19 de julio de 2019, y conforme a los criterios anteriores, superaron el examen un total de 115 aspirantes en el conjunto de todos los turnos. La puntuación de la persona aspirante que marca el corte por ocupar la posición 115 es de 35,000 respuestas correctas. Se asigna la valoración de 20 puntos en el ejercicio a las personas aspirantes que obtuvieron una nota equivalente a la nota de corte fijada. Las restantes personas declaradas aptas tienen una calificación distribuida entre los 20 y los 40 puntos, proporcional al número de respuestas correctas. Del mismo modo se asigna la puntuación proporcional que corresponda a las personas aspirantes declaradas no aptas.

Tercero. Publicar las puntuaciones obtenidas por los aspirantes presentados al segundo ejercicio del proceso selectivo para el ingreso en el cuerpo superior de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo A1, en el lugar donde se realizó la prueba, y en el portal web de la Xunta de Galicia funcionpublica.xunta.gal.

Cuarto. De acuerdo con lo dispuesto en la base II.1.2.8 de la convocatoria, los aspirantes podrán presentar las alegaciones que consideren oportunas con relación a las puntuaciones, en el plazo de diez (10) días hábiles contados desde el siguiente al de publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Quinto. De acuerdo con lo dispuesto en la base II.1.1.4 de la convocatoria, los aspirantes que superaron el segundo ejercicio dispondrán de un plazo de diez (10) días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, para presentar la documentación justificativa (originales o fotocopia compulsadas) de estar en posesión del Celga 4 o el equivalente debidamente homologado por el órgano competente en materia de política lingüística de la Xunta de Galicia de acuerdo con la disposición adicional segunda de la Orden de 16 de julio de 2007, por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (DOG núm. 146, de 30 de julio), modificada por la Orden de 10 de febrero de 2014 (DOG núm. 34, de 19 de febrero).

Sexto. De conformidad con lo dispuesto en la base III.13 de la orden de convocatoria, contra este acuerdo se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Hacienda en los términos previstos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 19 de julio de 2019

Juan José Nieto Montero
Presidente del tribunal