Intentada la notificación personal y devuelta por el servicio de Correos por resultar imposible su práctica, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, por la presente cédula se notifica a la empresa relacionada la resolución recaída en el expediente sancionador correspondiente.
Dispone de un plazo de diez (10) días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de esta cédula en el Boletín Oficial del Estado, para examinar la resolución (que no pone fin a la vía administrativa) en las dependencias de esta jefatura territorial, Servicio de Empleo y Economía Social, Sección de Sanciones, sitas en la calle Concepción Arenal, 8, 2ª planta, en Vigo (Pontevedra), de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes.
Se hace saber a la interesada que puede formular recurso de alzada ante la Secretaría General de Empleo, en el término de un mes, contado desde el siguiente día a su publicación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Se le advierte que, de no ser interpuesto en tiempo y forma, deberá abonar la multa impuesta mediante la necesaria utilización del impreso que podrá solicitar en la Jefatura Territorial de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, en el número de cuenta, en la entidad bancaria y plazo que en él se señala, ya que en otro caso se incoará el procedimiento por la vía de apremio ante la Consellería de Hacienda correspondiente.
Expediente.: RL 2019/0134-4.
Acta: I362019000013385.
Empresa: Outlet Point, S.L.
DNI/NIF: B-27821792.
Dirección: carretera de Camposancos, 72, Vigo.
Materia: seguridad y salud.
Preceptos infringidos: artículos 4.2.d) y 19.1 del Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores; artículos 14.2 y 15 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales; y artículos 3 y 4 en relación con el anexo I, punto 10 del Real decreto 486/1997, de 14 de abril.
Preceptos sancionadores: artículos 5.2, 12.16.b), 39 y 40 del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social.
Fecha de la resolución: 7.6.2019.
Resolución: multa de 2.046 €.
Vigo, 16 de julio de 2019
Ignacio Rial Santomé
Jefe territorial de Pontevedra