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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 138 Lunes, 22 de julio de 2019 Pág. 33940

III. Otras disposiciones

Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional

RESOLUCIÓN de 11 de julio de 2019 por la que se resuelve la convocatoria de la Orden de 23 de abril de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan ayudas de movilidad complementarias a las acercadas por la Unión Europea, en el marco del programa comunitario Erasmus+, destinadas al alumnado que cursa enseñanzas artísticas superiores en centros públicos de Galicia en el curso 2018/19.

Por la Orden de 23 de abril de 2019 por la que se aprueban las bases y se convocan ayudas de movilidad complementarias a las acercadas por la Unión Europea, en el marco del programa comunitario Erasmus+, destinadas al alumnado que cursa enseñanzas artísticas superiores en centros públicos de Galicia en el curso 2018/19, y se aprobaron las bases de esta convocatoria.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 10 de esta convocatoria, las solicitudes fueron estudiadas por la comisión evaluadora nombrada en la propia orden de convocatoria la cual acordó la exposición de los listados provisionales de solicitudes admitidas y excluidas, pudiendo formular las personas interesadas, durante un plazo de 10 días, las reclamaciones o enmendar las carencias o deficiencias detectadas en la documentación aportada ante la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa.

Terminado este plazo, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de las bases de la convocatoria, y atendiendo a la propuesta elevada por la citada comisión evaluadora a través de la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa,

RESUELVO:

Artículo 1

Concederles ayudas de movilidad complementarias, en el marco del programa comunitario Erasmus+, al alumnado que cursa enseñanzas artísticas superiores en centros públicos de Galicia, que se relaciona en el anexo I de esta orden y por la cuantía que se especifica.

Las ayudas se abonarán en la cuenta bancaria indicada por la persona interesada, una vez acreditado, mediante certificación, que se encuentra al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y que no tiene pendiente de pago ninguna otra deuda con la Administración pública de la Comunidad Autónoma. Esta certificación podrá ser sustituida por la declaración responsable que figura dentro del anexo I de la Orden de 8 de marzo, según se regula en el artículo 11 del Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Artículo 2

El incumplimiento total o parcial, por parte de las personas beneficiarias, de cualquiera de las condiciones establecidas en la Orden de convocatoria de 23 de abril de 2019 (DOG de 9 de mayo), constituirá causa determinante de revocación de la ayuda y de su reintegro por las personas beneficiarias o solicitantes, según lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Artículo 3

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el DOG, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, regulador de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela 11 de julio de 2019

Carmen Pomar Tojo
Conselleira de Educación, Universidad y Formación Profesional

ANEXO I

Propuesta de concesiones

Apellidos

Nombre

Centro

Cuantía adjudicada

Alamancos Millán

Breogán

EASD Ramón Falcón

495 €

Aneiros González

Pablo

EASD Mestre Mateo

1.125 €

Barajas Vela

María

CMUS Vigo

1.985 €

Blanco Martínez

Irene

ESCRBC de Galicia

1.670 €

Carnés Mariño

Carmen

EASD Pablo Picasso

500 €

Couso Martínez

Miguel

ESAD de Galicia

825 €

Fernández Cambas

Aldana

EASD Mestre Mateo

1.475 €

Fialho Pérez

Marta

ESAD de Galicia

1.325 €

Freire Belgrave

Samantha

EASD Pablo Picasso

500 €

García Alonso

Iago

CSMU de Vigo

1.755 €

González Parada

Sara

EASD Mestre Mateo

1.170 €

Herrera Landaeta

Muriel

EASD Mestre Mateo

625 €

Hughes Sanmartín

Sabela

CSMU A Coruña

1.125 €

Iñiguez Dopico

Aida

EASD Pablo Picasso

390 €

Lamela Puente

Pablo

EASD Ramón Falcón

995 €

Martín López-Pardo

Emma Isabel

EASD Mestre Mateo

825 €

Millán Fontaíña

Míriam

CSMU A Coruña

975 €

Morales Rey

Kevin

CSMU A Coruña

1.727,5 €

Municipio Díaz

Agustín

ESCRBC de Galicia

990 €

Muñiz Boquete

David

EASD Pablo Picasso

890 €

Muñoz da Gloria

Alba

ESAD de Galicia

1.485 €

Ortiz García

Marina

CSMU de Vigo

1.490 €

Paz Pombar

Águeda

ESCRBC de Galicia

2.255 €

Ramos Campos

Helena

EASD Pablo Picasso

500 €

Ramos Miramontes

Lucía

EASD Mestre Mateo

975 €

Reboredo Ortega

Álvaro

ESAD de Galicia

1.485 €

Ribullen Viqueira

Natasha Xhagira

EASD Pablo Picasso

1.170 €

Rodríguez Álvarez

Ana

EASD Mestre Mateo

1.170 €

Rodríguez de Dios

Amparo

ESAD de Galicia

1.652,5 €

Sáinz Calviño

Carlos

EASD Pablo Picasso

1.325 €

Sánchez Morales

Beatriz

CSMU A Coruña

1.985 €

Soneira Ramos

Alicia

ESCRBC de Galicia

830 €

Suárez Gil

Ero

EASD Mestre Mateo

825 €

Vilela Piñeiro

Daniel

ESAD de Galicia

1.485 €

Total

40.000 €