Visto el expediente para autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se cita:
Solicitante: Barras Eléctricas Galaico-Asturianas, S.A.
Domicilio social: polígono empresarial As Gándaras-parcela U2-calle Aller Ulloa, Ramón María, nº 9, 27003 Lugo.
Denominación: LMT, CT y RBT NS 44139 Casa Castelao, Padrón (A Fonsagrada).
Situación: ayuntamiento de A Fonsagrada.
Características técnicas:
– Desmontaje del seccionador XS del actual CTI Padrón 4160 instalado en el apoyo anterior al CT.
– Desmontaje de la máquina actual del CT Padrón 4160, el apoyo pasa a tener la función de fin de línea, en el cual se instalará el seccionador XS y el paso aéreo a subterráneo para la línea subterránea de media tensión al nuevo CT en edificio prefabricado.
– LMT subterránea con origen en el paso aéreo a subterráneo y final en el CT proyectado, con una longitud de 166 metros en conductor RHZ1-150.
– CT en edificio prefabricado, en el cual se instala una celda de línea, una de protección de trafo y una de interruptor automático, con una potencia máxima de 630 kVA y una potencia instalada de 160 kVA, relación de transformación 20.000/400-230 V.
– Línea subterránea de baja tensión con origen en el cuadro de baja tensión del CT proyectado y final en la RBT existente con una longitud de 30 metros en conductor tipo RV-150.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre (BOE núm. 310), del sector eléctrico, y en el título VII, capítulo II del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE núm. 310), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministración y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, y en la Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54, de 19 de marzo), así como en la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, esta jefatura territorial, de acuerdo con las competencias que resultan del Decreto 135/2017, de 28 de diciembre, por el que se crea y se establece la estructura orgánica de la consellería, y teniendo en cuanta el Decreto 9/2017, de 12 de enero, sobre órganos competentes para autorización de instalaciones eléctricas en la Comunidad Autónoma de Galicia, resuelve:
Conceder la autorización administrativa previa y de construcción a dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en su proyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente, independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para a realización de las obras de las instalaciones autorizadas.
El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.
Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente en su derecho.
Lugo, 2 de julio de 2019
Pilar Fernández López
Jefa territorial de Lugo