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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 131 Jueves, 11 de julio de 2019 Pág. 32763

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 5 de julio de 2019, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa, de construcción y la declaración de utilidad pública, en concreto, de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Arteixo (expediente IN407A 2015/201-1 Mod. 2).

Expediente: IN407A 2015/201-1 Mod. 2.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Instalación: modificado 2 para el retranqueo de la LMT GRN-708 en la calle Brasil.

Ayuntamiento: Arteixo.

Hechos.

1. El 12 de febrero de 2019, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública, en concreto, de la instalación de distribución eléctrica indicada.

2. El proyecto se sometió al trámite de información pública mediante resolución publicada en los siguientes medios:

– Acuerdo de información pública: 27 de marzo de 2019.

– DOG: 17 de abril de 2019.

– BOP: 2 de abril de 2019.

– Diario La Voz de Galicia: 4 de abril de 2019.

– Tablón de anuncios del ayuntamiento: según el certificado municipal de la Secretaría General del Ayuntamiento de Arteixo: 6 de mayo de 2019.

Al mismo tiempo, se realizaron notificaciones individuales a las personas titulares que figuran en la relación de bienes y derechos afectados.

Mediante anuncio publicado en el BOE de 3 de febrero de 2017, se notificó a las personas interesadas desconocidas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

3. Durante el período en el que se sometió al trámite de información pública no presentó alegaciones la persona afectada, Manuel Dubra, en representación de Fomento Iniciativas Comerciales, S.L.

4. Se solicitó el preceptivo informe a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas. La empresa promotora manifestó su conformidad con los condicionados establecidos.

5. Los servicios técnicos de la jefatura territorial emitieron informe favorable sobre la solicitud de autorización.

Consideraciones legales y técnicas.

1. Legislación de aplicación:

– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

– Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalación eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09 (BOE núm. 68, de 19 de marzo).

– Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23 (BOE núm. 139, de 9 de junio).

– Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión (BOE núm. 224, de 18 de septiembre).

– Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de industria, energía y minas (BOE núm. 246, de 14 de octubre).

– Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1 de febrero).

– Decreto 146/2016, de 13 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Xunta de Galicia (DOG núm. 217, de 14 de noviembre).

– Decreto 175/2015, de 3 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía, Empleo e Industria (DOG núm. 232, de 4 de diciembre).

– Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).

– Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio).

2. Características técnicas:

– Tramo de línea eléctrica de media tensión aérea GRN-708 (actuación núm. 1), a  15 kV, con una longitud de 0,122 km, con origen en el apoyo D-11 existente de la LMT GRN-708, en el tramo entre la subestación de A Agrela 2 y la derivada al CT Hotel Pastoriza (15PBF2), conductor tipo LA-180 mm2 AI, y final en el apoyo núm. 12 proyectado que se instalará en la LMT GRN-708, en el tramo entre la subestación de A Agrela 2 y la derivada al CT Hotel Pastoriza (15PBF2).

– Tramo de línea eléctrica de media tensión aérea GRN-708 (actuación núm. 2), a 15 kV, con una longitud de 0,216 km, con origen en el apoyo 12-5 proyectado que sustituye al existente de la LMT GRN-708, donde se realiza la derivada al CT A Revolta (expediente 26.783), conductor tipo LA-56 mm2 AI y final en el apoyo núm. 12-4-2 existente de la LMT GRN-708, en el tramo entre la derivada al CT Hotel Pastoriza (15PBF2) y la derivada a los CC.TT. Arias Hermanos II (15PBH1) y Arias Hermanos III (15PBF3).

– Tramo de línea eléctrica de media tensión aérea GRN-708 (actuación núm. 3), a 15 kV, con una longitud de 0,044 km, con origen en el apoyo 12-4 proyectado que sustituye al existente de la LMT GRN-708, en el tramo entre la derivada al CT A Revolta (expediente 26.783) y la derivada a los CC.TT. Arias Hermanos II (15PBH1) y Arias Hermanos III (15PBF3), conductor tipo LA-56 mm2 AI, y final en el apoyo núm. 12-3 existente de la LMT GRN-708, donde se realiza la derivada al CT Hotel Pastoriza (15PBF2).

– Tramo de línea eléctrica de media tensión aérea GRN-708 (actuación núm. 4), a 15 kV, con una longitud de 0,017 km, con origen en el apoyo núm. 14 proyectado que sustituye al existente de la LMT GRN-708, donde se realiza la derivada a los CC.TT. Readimix Asland, S.A. (15PBF1) y Afernosa (15PBE4), conductor tipo LA-56 mm2 AI, y final en el apoyo que sustenta al CT Readimix Asland, S.A. (15PBF1).

– Tramo de línea eléctrica de media tensión aérea GRN-708 (actuación núm. 5), a 15 kV, con una longitud de 0,045 km, con origen en el apoyo núm. 14 proyectado que sustituye al existente de la LMT GRN-708, donde se realiza la derivada a los CC.TT. Readimix Asland, S.A. (15PBF1) y Afernosa (15PBE4), conductor tipo LA-56 mm2 AI, y final en el apoyo núm. 14-1 existente de la LMT GRN-708, donde se realiza el paso aéreo a subterráneo de la LMT particular al CT Afernosa (15PBE4).

– Tramo de línea eléctrica de media tensión aérea GRN-708 (actuación núm. 6), a 15 kV, con una longitud de 0,395 km, con origen en el apoyo núm. 14 proyectado que sustituye al existente de la LMT GRN-708, donde se realiza la derivada a los CC.TT. Readimix Asland, S.A. (15PBF1) y Afernosa (15PBE4), conductor tipo LA-180 mm2 AI, y final en el apoyo núm. 18 existente de la LMT GRN-708, en el tramo entre el CT embalse Meicende (expediente 27.537) a retirar y el CT Quinto Pino (expediente 2016/64-1).

– Tramo de línea eléctrica de media tensión aérea GRN-708 (actuación núm. 7), a 15 kV, con una longitud de 0,035 km, con origen en el apoyo núm. 17 proyectado a intercalar en la LMT GRN-708, en el tramo entre la derivada la los CC.TT. Readimix Asland, S.A. (15PBE1) y Afermosa (15PBF1 y el CT Quinto Pino (expediente 2016/64-1), conductor tipo LA-56 mm2 AI, y final en el apoyo núm. 17-1 que sustituye al existente de la LMT GRN-708, en el tramo entre el CT Ramón Muñiz González (15PW95).

– Línea de media tensión subterránea GRN-708 (actuación núm. 1), a 15 kV, con una longitud de 0,781 km, con origen del paso aéreo a subterráneo que se realizará en el apoyo núm. 12 proyectado que se instalará en la LMT GRN-708, en el tramo entre la subestación de A Agrela 2 y la derivada al CT Hotel Pastoriza (15PBF2), en conductor RHZ1-2OL-12/20 kV-1×240 AI, y final en el paso de subterráneo a aéreo que se realizará en el apoyo núm. 14 proyectado que sustituye al existente de la LMT GRN-708, donde se realiza la derivada a los CC.TT. Readimix Asland, S.A. (15PBF1) y Afernosa (15PBE4), después de realizar entrada y salida en el CT avenida de A Coruña proyectado.

– Línea de media tensión subterránea GRN-708 (actuación núm. 2), a 15 kV, con una longitud de 0,040 km, con origen en celda de línea en el nuevo CT avenida de A Coruña proyectado, en conductor RHZ1-2OL-12/20 kV-1×240 AI, y final en el paso de subterráneo a aéreo que se realizará en el apoyo núm. 12-4-1 proyectado que sustituye al existente de la LMT GRN-708, en el tramo entre la derivada al CT Hotel Pastoriza (15PBF2) y la derivada a los CC.TT. Arias Hermanos II (15PBH1) y Arias Hermanos III (15PBF3).

– Centro de transformación prefabricado CT1 con una potencia de 400 kVA y una relación de transformación de 15.000/400 V.

– Centro de transformación intemperie sobre pórtico de hormigón (cambio de máquina), CT2 con una potencia de 160 kVA y una relación de transformación de 15.000/400 V.

– Desmontaje del tramo de línea aérea entre los apoyos D-11 existente de la LMT GRN-708 y el núm. 14 proyectado con una longitud de 236 metros.

– Desmontaje del CT embalse Meicende (expediente 27.537).

3. En la visita de campo realizada para examinar el emplazamiento de la instalación no se apreció, en las fincas sometidas a expropiación, ninguna de las limitaciones a la constitución de la servidumbre indicadas en el artículo 58.a) de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

4. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo indicado,

RESUELVO:

Primero. Conceder la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública, en concreto, de dicha instalación de distribución eléctrica.

Segundo. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir de la fecha de ocupación de los terrenos.

La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y de adquisición de los derechos afectados, e implicará la urgente ocupación, a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

Tercero. Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

– Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo y las certificaciones u homologaciones, si procede.

– Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiere, así como de las reglamentaciones y normas oportunas para el montaje de la instalación y puesta a punto.

Cuarto. Esta autorización se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Mediante este documento se notifica a la empresa promotora esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

A Coruña, 5 de julio de 2019

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña