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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 130 Miércoles, 10 de julio de 2019 Pág. 32569

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Escuela Gallega de Administración Pública

ANUNCIO de 3 de junio de 2019 por el que se hace pública la resolución de la concesión de una beca de formación en estudios relacionados con el derecho administrativo.

En cumplimiento de lo establecido en la base decimotercera de la Resolución de 26 de diciembre de 2018 (DOG núm. 18, de 25 de enero de 2019), se hace pública la Resolución de 3 de junio de 2019 por la que se concede una beca de formación en estudios relacionados con el derecho administrativo:

Resolución de 3 de junio de 2019 por la que se adjudica la beca de formación en estudios relacionados con el derecho administrativo (PR770F).

1. La Escuela Gallega de Administración Pública (en adelante, EGAP) convocó por Resolución del 26.12.2018 (DOG núm. 18, de 25 de enero de 2019. Corrección de errores DOG núm. 19, de 28 de enero) una beca de formación en estudios relacionados con el derecho administrativo.

2. Mediante resolución de la directora de la EGAP de 11.3.2019 se nombró las personas integrantes de la comisión de evaluación.

3. Terminado el plazo de presentación de instancias y enmendadas las deficiencias observadas en la documentación aportada por las personas solicitantes, dicha comisión se reunió para evaluar sus méritos.

Después de ser realizada dicha evaluación, se publicó en la web de la EGAP https://egap.xunta.gal y en su tablón de anuncios el listado provisional de posibles becarios/as con las puntuaciones obtenidas y se concedió un plazo de tres días para presentar alegatos.

4. El día 10.5.2019 la comisión de evaluación entrevistó a aquellas personas candidatas que alcanzaron la puntuación mínima establecida en la evaluación de méritos y que se presentan a ella.

A consecuencia de dichas entrevistas, la comisión, el día 15.5.2019, elevó a la directora de la EGAP una propuesta de concesión para la designación de Macarena Otero Navarro como titular de la beca.

Consideraciones legales y técnicas

Primera. La competencia para dictar esta resolución le corresponde a la directora de la EGAP, según lo establecido en la base decimotercera de la convocatoria.

Esta competencia se encuentra delegada en el secretario general de la EGAP, en virtud de lo dispuesto por el apartado primero letra i) de la Resolución del director de la EGAP de 17 de diciembre de 2007.

Segunda. De acuerdo con lo establecido en la base decimosegunda de la convocatoria, la comisión de evaluación examinó y valoró los méritos y realizó la entrevista de las personas candidatas, concluyendo que la persona con mayor puntuación y que, por lo tanto, debería de ser la titular de la beca es Macarena Otero Navarro, que obtuvo un total de 23,96 puntos.

Esta conclusión fue recogida en la propuesta que elevó a la directora de la EGAP, de conformidad con lo exigido por la antedicha base.

Por lo expuesto y examinada la propuesta de la comisión de evaluación para la adjudicación de la misma,

RESUELVO:

1. Adjudicar la beca de referencia a Macarena Otero Navarro NIF 77464421-F por ser la candidata a la que le corresponde por orden de puntuación. Las actividades de formación se iniciarán desde la fecha de su incorporación en la EGAP y finalizarán el 31 de diciembre de 2019.

2. Recordarle a la beneficiaria que, de acuerdo con lo dispuesto por la base decimocuarta de la convocatoria, una vez recibida la notificación de esta resolución de concesión de la beca, dispondrá de un plazo de diez (10) días para comunicar a la EGAP su aceptación o renuncia a la beca. Transcurrido este plazo sin que se produjera manifestación expresa por su parte, se entenderá tácitamente aceptada, según lo establecido en el artículo 21.5 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

3. Recordarle a la beneficiaria que, de acuerdo con lo dispuesto por la base decimocuarta de la convocatoria, en el plazo de cinco días contados desde la aceptación expresa de la beca o del transcurso del plazo para entenderla tácitamente aceptada, deberá incorporarse al desempeño de la beca en la EGAP. En caso de que la beneficiaria no se incorporara en este plazo, o que renunciara expresamente, perderá los derechos inherentes a la beca.

Esta resolución ponen fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la directora de la EGAP en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación o publicación en los términos de los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Asimismo, cabe la interposición directa de un recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo que resulten competentes, en el plazo de dos meses contado desde el día siguiente al de dicha notificación o publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 8.2.a) y 14 y 46.1, respectivamente, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 3 de junio de 2019

La directora de la Escuela Gallega de Administración Pública
P.D. (Resolución de 17.12.2007; DOG núm. 3, de 2.1.2008)
Sergio Domingo Baamonde Boquete
Secretario general de la Escuela Gallega de Administración Pública