A los efectos de darle cumplimiento a lo solicitado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Ourense, en relación con el procedimiento abreviado núm. 116/2019, interpuesto por Carmen Gallego Alonso, contra la resolución dictada por el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística el 7 de marzo de 2019, en la que se declara ilegalizables las obras ejecutadas en suelo de núcleo rural, consistentes en la construcción de un alpendre de planta baja con paredes y techo de cubierta en chapa ondulada sobre estructura metálica, en el polígono 42, parcela 12, A Veiga das Meás, Ayuntamiento de Vilardevós, y ordena su demolición, la reposición de los terrenos afectados al estado anterior al inicio de las obras y el cese definitivo de los usos a los que diesen lugar, esta dirección resolvió ordenar la remisión del correspondiente expediente al Juzgado Contencioso-Administrativo número 2 de Ourense.
Al no poder realizarse la notificación personal del emplazamiento, mediante la presente cédula (que al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas –LPACAP–, se le notifica por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado) se emplaza a Ángel García Suárez para que pueda personarse como interesado en los autos en el plazo de nueve días, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Santiago de Compostela, 21 de junio de 2019
José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística