De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, intentada la notificación personal y devueltas por el servicio de Correos por resultar imposible su práctica, por el presente anuncio se le notifica a la empresa relacionada en el anexo la resolución recaída en el expediente sancionador en el orden social.
Informándole que dicha resolución no agota la vía administrativa y que a la interesada le asiste el derecho a formular recurso de alzada, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de publicación de este anuncio en el tablón edictal único (TEU), ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria, de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común.
El texto íntegro de la resolución podrá consultarse en las dependencias de la Secretaría General de Empleo, situada en el Edificio Administrativo San Lázaro, s/n, 15781 Santiago de Compostela.
Advirtiéndole que, de no interponer el recurso, tendrán que pagar la multa impuesta mediante la necesaria utilización del impreso que podrán solicitar en la Secretaría General de Empleo, en el número de cuenta, en la entidad bancaria y plazo que en el se señala, dentro del plazo de pago del período voluntario, ya que en otro caso se incoará el procedimiento por la vía de apremio.
Santiago de Compostela, 5 de junio de 2019
Covadonga Toca Carús
Secretaria general de Empleo
Empresa |
Domicilio/Localidad |
Nº expediente |
Fecha de la resolución |
Preceptos |
Sanción impuesta |
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Infringidos |
Sancionadores |
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Jorge Alberti Assa |
A Coruña/ A Coruña |
RL 2014/0010-0 57616/2014/1/V |
7 de febrero de 2019 |
Artículo 5, apartados 1, 3, 11.1 de la Ley 42/1997, de 14 de noviembre, ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. |
Artículo 50.4 del texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social, aprobado mediante Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto. |
25.000 € |