Al amparo del artículo 20 del Decreto 402/1996, de 31 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de aprovechamiento de aguas mineromedicinales, termales y de los establecimientos balnearios de la Comunidad Autónoma de Galicia, Termas de Cuntis, S.L. solicitó la ampliación y modificación del aprovechamiento de las aguas mineromedicinales y termales de los manantiales y pozos utilizados por el Balneario Termas de Cuntis debido a la construcción de un nuevo hotel balneario en la calle Bernardo Sagasta, en Cuntis.
Se somete el proyecto básico de construcción del hotel balneario al trámite de información pública por un plazo de veinte (20) días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. Conforme al artículo 20 del Decreto 402/1996, la ampliación y modificación de un aprovechamiento o de sus instalaciones requerirá la previa autorización administrativa, y conforme al artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el proyecto estará a disposición del público para su consulta en el portal de la Consellería de Economía, Empleo e Industria (http://ceei.xunta.gal/transparencia/documentos-sometidos-a-informacion-publica).
Pontevedra, 4 de junio de 2019
Ignacio Rial Santomé
Jefe territorial de Pontevedra