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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 109 Martes, 11 de junio de 2019 Pág. 28081

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Sanidad

RESOLUCIÓN de 3 de junio de 2019 por la que se aprueba inicialmente el proyecto de expropiación por el procedimiento de tasación conjunta de los bienes y derechos que se precisan ocupar para la ejecución del proyecto sectorial de incidencia supramunicipal para la ampliación del Hospital Gran Montecelo, y se acuerda el inicio del expediente.

1. El Consello de la Xunta de Galicia acordó en su reunión de 7 de junio de 2018 declarar el proyecto sectorial para la ampliación del Hospital Gran Montecelo como de incidencia supramunicipal a los efectos previstos en la Ley 10/1995, de 23 de noviembre, de ordenación del territorio de Galicia, y atribuyó a la Consellería de Sanidad el impulso y tramitación del mismo, estableciéndose como sistema de actuación el de expropiación.

2. Mediante la Resolución de 9 de enero de 2019 de la Dirección General de Recursos Económicos del Servicio Gallego de Salud (DOG núm. 10, de 15 de enero), se sometió a información pública el proyecto sectorial para la ampliación del Hospital Gran Montecelo, incluido su estudio ambiental estratégico, promovido por este organismo y declarado como de incidencia supramunicipal por el antes citado acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 7 de junio de 2018.

3. La aprobación definitiva del indicado proyecto sectorial de incidencia supramunicipal para la ampliación del Hospital Gran Montecelo implicará la utilidad pública o interés social de las obras, instalaciones y servicios proyectados, así como la necesidad de ocupación a los efectos de expropiación, de los bienes y derechos necesarios para la ejecución del proyecto sectorial, tal y como establece la disposición adicional primera de la Ley 10/1995, de 23 de noviembre.

4. Para la expropiación de los terrenos por la Consellería de Sanidad se redactó el correspondiente proyecto de expropiación, que se tramitará por el procedimiento de tasación conjunta de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 117 y 118 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y en los artículos 291 a 293 del Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba su reglamento, y que cuenten la descripción de los terrenos, su valoración así como la relación de las personas titulares de los bienes y derechos afectados.

5. La adquisición de los terrenos será realizada por la Consellería de Sanidad, como órgano de una administración territorial, por el sistema de expropiación, siendo el Servicio Gallego de Salud, organismo autónomo de carácter administrativo, el beneficiario de la expropiación, con las consecuencias legales derivadas de estas posiciones jurídicas.

En virtud de dichos antecedentes, y de conformidad con lo establecido en los artículos 117 y 118 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero.

RESUELVO:

Primero. La aprobación inicial del proyecto de expropiación forzosa, por el procedimiento de tasación conjunta de acuerdo con lo previsto en el artículo 118 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, para la ejecución del proyecto sectorial de incidencia supramunicipal para la ampliación del Hospital Gran Montecelo.

Segundo. Someter el proyecto a exposición pública durante el plazo de un mes, mediante anuncios en el Diario Oficial de Galicia y en un periódico de los de mayor tirada de la provincia, para que las personas que puedan resultar interesadas formulen las observaciones y reclamaciones que consideren convenientes, en particular en lo que concierne a la titularidad o valoración de sus respectivos bienes o derechos. Durante dicho plazo, todas aquellas personas o entidades que se consideren afectadas podrán presentar las alegaciones que consideren oportunas en las dependencias de esta Consellería de Sanidad, así como nos lugares establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

A estos efectos el proyecto estará expuesto en las dependencias de la Subdirección General de Inversiones del Servicio Gallego de Salud, en el Edificio Administrativo San Lázaro, 15781 Santiago de Compostela.

A los efectos del reconocimiento de la titularidad de los bienes y derechos afectados y al pago en su momento del justiprecio aprobado, las personas propietarias y titulares de derechos deberán aportar los documentos o títulos justificativos completados con certificación registral de los mismos o, en su caso, certificación negativa referida a la misma finca descrita en los títulos.

Tercero. Notificar individualmente las tasaciones a las personas que aparezcan como titulares de bienes y derechos en el expediente, mediante traslado literal de la correspondiente hoja de valoración y de la propuesta de fijación de los criterios de valoración para que puedan formular alegaciones en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de la notificación.

Cuarto. Dar audiencia al Ayuntamiento de Pontevedra por igual plazo de un mes.

Santiago de Compostela, 3 de junio de 2019

Jesús Vázquez Almuíña
Conselleiro de Sanidad

ANEXO

Relación de propietarios y bienes afectados

EX.

Ref. catastral

Titular

DNI

UDs.

Concepto

36900A124002910000PE

José Iglesias Iglesias

806,85

Suelo rústico (m²) uso agrícola

28,94

Suelo de núcleo rural (m²)

36900A124002900000PJ

35215932V

605,30

Suelo rústico (m²) uso agrícola

35,51

Suelo de núcleo rural (m²)

15,00

Muro de piedra (m²)

36900A124002890000PS 

35215932V 

611,39

Suelo rústico (m²) uso agrícola

34,88

Suelo de núcleo rural (m²)

15,00

Muro de piedra (m²)

36900A124002880000PE 

Atilano Hdros.

García Pereira 

582,00

Suelo rústico (m²) uso agrícola

154,42

Suelo de núcleo rural (m²)

5

36900A124002650000PA

35195719S 

754,40

Suelo rústico (m²) uso agrícola

163,66

Suelo de núcleo rural (m²)

36900A124002640000PW

35195719S

1.370,72

Suelo rústico (m²) uso agrícola

489,56

Suelo de núcleo rural (m²)

7

36900A124002630000PH

Emilia Ángela Martínez

Boullosa

450,89

Suelo rústico (m²) uso agrícola

8

36900A124002620000PU

35305466Y

138,92

Suelo rústico (m²) uso agrícola

315,58

Suelo de núcleo rural (m²)

9

36900A124002610000PZ

76820770B

1.342,24

Suelo rústico (m²) uso agrícola

724,99

Suelo de núcleo rural (m²)

190,00

Muro de piedra perimetral con puerta incluida

98,00

Solera de acceso

10

36900A124003050000PT

44081509P

44077893A

404,89

Suelo rústico (m²) uso industrial

171,92

Suelo de núcleo rural (m²)

13,00

Escollera

7,00

Muro de hormigón

441,00

Explanación

9,00

Portal acceso

11

36900A124003490000PJ

44081509P

44077893A

478,52

Suelo rústico (m²) uso industrial

14,00

Portal acceso

13,00

Escollera

679,00

Explanación

12

36900A124003060000PF

 

44081509P

44077893A

244,61

Suelo rústico (m²) uso industrial

414,00

Explanación

12,00

Escollera

13

36900A124103060000PE

44081509P

44077893A

585,06

Suelo rústico (m²) uso industrial

68,31

Suelo de núcleo rural (m²)

17,50

Escollera

1.131,00

Explanación

14

36900A124003500000PX

76685258S

11.219,57

Suelo rústico (m²) uso agrícola

34942401L

4.391,00

Suelo rústico (m²) uso forestal

Hdros.

34533387Z

34556687S

 

15

36900A124002680000PG 

35230602F 

40,47

Suelo rústico (m²) uso agrícola

24,00

Cierre de malla (m²)

16 

36900A124002670000PY 

35230602F

912,88

Suelo rústico (m²) uso agrícola

163,00

Cierre de malla (m²)

17 

36900A124002660000PB 

35230602F 

921,66

Suelo rústico (m²) uso agrícola

210,00

Cierre de malla (m²)

18

36900A124002720000PQ

35215932V

43,21

Suelo rústico (m²) uso agrícola

20

36900A124002590000PU

002208200NG39G0001TK

35258124K

1,00

Vivienda unifamiliar con terreno anexo, almacenes y negocio

22

36900A124002570000PS

002212000NG39G0001RK

35309376Y

1,00

Vivienda unifamiliar con terreno anexo, almacenes y piscina

24 

36900A124002960000PW

002209000NG39G0001RK

36900A124002950000PH

36900A124002980000PB

36900A124002990000PY

35318066W

35318067A

35303193X

35130340W 

1,00 

Vivienda unifamiliar con terreno anexo y almacén 

28 

36900A124003020000PQ

36900A124003000000PY

36900A124003010000PG

36900A124003570000PH

 

35240680B

35245241H

1,00 

Vivienda unifamiliar con terreno anexo, almacén y hórreo

32 

36900A124003030000PP

35180863V

35228767N

1,00 

Vivienda unifamiliar con terreno anexo, almacenes, bajos

comerciales y piscina

20-N

NEGOCIO

77413653J

1,00

Indemnización traslado de

negocio

32-N1

NEGOCIO

35317705D

1,00

Indemnización traslado de

negocio

32-N2

NEGOCIO

35305024R

1,00

Indemnización traslado de

negocio

32-N3

NEGOCIO

44077893A

1,00

Indemnización traslado de

negocio