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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 105 Miércoles, 5 de junio de 2019 Pág. 27309

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 14 de mayo de 2019, de la Jefatura Territorial de Lugo, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Ribeira de Piquín (expediente IN407A 2018/8549 AT).

Visto el expediente para otorgamiento de la autorización administrativa previa y de construcción para la instalación eléctrica que a continuación se describe:

Solicitante: Barras Eléctricas Galaico-Asturianas, S.A.

Domicilio social: polígono empresarial As Gándaras, parcela U2, calle Aller Ulloa, núm. 9, 27003 Lugo.

Denominación: OCR entorno CD Mestre.

Situación: ayuntamiento de Ribeira de Piquín.

Características técnicas:

• Sustitución del apoyo P-15 existente, en la LMT LP Fonsagrada 1-LMT a Galegos, por un apoyo metálico C-3000-12-B4-CA, y sustitución del conductor existente entre este apoyo y el P-16 por un nuevo conductor LA-30, con una longitud de 89 m.

• Instalación de un órgano de control de red (OCR) intemperie, sobre apoyo metálico P-15 proyectado y un seccionador en el apoyo P-16, en la LMT LP Fonsagrada 1-LMT a Galegos. Los elementos que conforman la OCR son seccionadores unipolares, interruptor, autoválvulas, trafo de tensión, antena y armario de control y comunicaciones.

Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre (BOE núm. 310) del sector eléctrico, y en el título VII, capítulo II del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE núm. 310), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, y en la Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54, de 19 de marzo), esta jefatura territorial, teniendo en cuenta la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, y las competencias que resultan de los decretos 135/2017, de 28 de diciembre, por el que se crea y establece la estructura orgánica de la consellería, y el Decreto 9/2017, de 12 de enero, sobre órganos competentes para autorización de instalaciones eléctricas en la Comunidad Autónoma de Galicia, resuelve:

Conceder la autorización administrativa previa y de construcción a dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en su proyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente, independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de las instalaciones autorizadas.

El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.

Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.

Lugo, 14 de mayo de 2019

Pilar Fernández López
Jefa territorial de Lugo