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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 92 Miércoles, 15 de mayo de 2019 Pág. 23488

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de Promoción Económica

RESOLUCIÓN de 7 de mayo de 2019 por la que se da publicidad a la resolución de concesión de los premios y ayudas a los proyectos piloto Industria 4.0 (III Piloto Industria 4.0) en Galicia, cofinanciados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional con cargo al programa operativo Feder Galicia 2014-2020.

Mediante Resolución de 19 de julio de 2018 (DOG nº 148, de 3 de agosto), se publicaron las bases reguladoras de los premios y ayudas del Igape a los proyectos piloto Industria 4.0 (III Piloto Industria 4.0) en Galicia, cofinanciados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional con cargo al programa operativo Feder Galicia 2014-2020 y se procedió a su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva.

Dichas bases establecen en su artículo 6.6 que la resolución será objeto de publicación en la página web del Igape en la dirección www.tramita.igape.es, a la cual se remite la presente resolución.

En virtud del artículo 45.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y de conformidad con las facultades que tengo conferidas,

RESUELVO:

Primero. Anunciar la publicación del texto completo de la resolución definitiva de fecha 6 de mayo de 2019, de concesión de los premios y ayudas del Igape a los proyectos piloto Industria 4.0 (III Piloto Industria 4.0) en Galicia, cofinanciados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional con cargo al programa operativo Feder Galicia 2014-2020, en la dirección www.tramita.igape.es (apartado «Consulta de resoluciones definitivas» http://www.igape.es/gl/oficina-virtual/resolucions-definitivas). El texto completo de la resolución no se publica en el DOG en su integridad en virtud de la cautela prevista en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Se habilita un plazo de 10 días naturales desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, para que los interesados accedan a la oficina virtual del Igape, en la dirección www.tramita.igape.es (apartado «Consulta de resoluciones definitivas» http://www.igape.es/gl/oficina-virtual/resolucions-definitivas), utilizando su NIF y el código IDE del expediente, para descargar su resolución individual. Transcurrido dicho plazo desde la puesta a disposición de la resolución individual sin que se acceda a su contenido, se entenderá rechazada.

Los premios se financiarán con cargo a fondos propios de la Xunta de Galicia.

Las ayudas a las pymes se financian en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, que tiene una tasa de cofinanciación Feder del 80 %, y se computa como cofinanciación nacional la inversión privada elegible de los beneficiarios por el 20 % restante y, en particular:

Objetivo temático 03, mejorar la competitividad de las pymes, del sector agrícola (en el caso del Feader) y del sector de la pesca y la acuicultura (en el caso del Femp).

Prioridad de inversión 03.04, apoyo a la capacidad de las pymes para crecer en los mercados regionales, nacionales e internacionales y en los procesos de innovación.

Objetivo específico 03.04.01, promover el crecimiento y la consolidación de las pymes, en particular mejorando su financiación, tecnología y acceso a servicios de apoyos avanzados; incluyendo los sectores agrícola pesquero, marino, marítimo, turístico, cultural, comercial (....).

Campo de intervención CE001, inversión productiva genérica en pymes.

Línea de actuación 07, apoyo financiero a proyectos de inversión empresarial.

En cumplimiento de la normativa aplicable a este fondo, en particular, el Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, y el Reglamento (UE) nº 1301/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, así como su normativa comunitaria, estatal y autonómica de desarrollo.

La concesión de esta ayuda supone la aceptación del beneficiario a ser incluido en la lista pública de operaciones prevista en el artículo 115.2 del Reglamento (UE) nº 1303/2013. Asimismo, el beneficiario deberá cumplir los requisitos de publicación y comunicación en relación a la publicidad de la financiación, de conformidad con lo previsto en el anexo XII, apartado 2.2, de dicho Reglamento (UE) nº 1303/2013.

Segundo. Las resoluciones individuales, según lo establecido en el apartado primero, agotan la vía administrativa y contra ellas podrán interponerse recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de Santiago de Compostela, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al acceso a la resolución individual, o a partir del día hábil siguiente al de finalización del plazo sin acceder a su contenido. No obstante, previamente podrá interponer recurso de reposición ante la persona titular de la Dirección General del Igape, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al acceso a la resolución individual, o a partir del día hábil siguiente al de finalización del plazo sin acceder a su contenido.

Santiago de Compostela, 7 de mayo de 2019

Juan Cividanes Roger
Director general del Instituto Gallego de Promoción Económica