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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 90 Lunes, 13 de mayo de 2019 Pág. 22983

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 25 de abril de 2019, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por el que se da publicidad a la Resolución de 12 de marzo de 2019, de la Dirección General de Desarrollo Rural, por la que se modifica el acuerdo de concentración parcelaria de la zona de Oroso (A Cañiza).

El director general de Desarrollo Rural, con fecha de 12 de marzo de 2019, dictó la resolución que se transcribe a continuación:

«El Acuerdo de la zona de concentración parcelaria de Oroso (A Cañiza-Pontevedra) fue aprobado por la dirección general competente en la materia con fecha de 6 de agosto de 2001, y en la actualidad se encuentra pendiente de declaración de firmeza.

Con posterioridad a estos actos, el Ayuntamiento de A Cañiza solicitó la cesión de la titularidad de la finca núm. 102 del Fondo de tierras de la zona para aparcamiento en el entorno de la iglesia parroquial.

Vista la propuesta de la junta local de la zona; la Ley de reforma y desarrollo agrario, de 12 de enero de 1973; la disposición transitoria primera de la Ley 4/2015, de 17 de junio, de mejora de la estructura territorial agraria de Galicia; la Ley 10/85, de 14 de agosto, de concentración parcelaria para Galicia, modificada por la Ley 12/2001, de 10 de septiembre; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y demás disposiciones vigentes de aplicación al caso.

Dado el destino para el que se solicita el referido predio, y respecto del que se entiende que es perfectamente subsumible en el supuesto recogido en el artículo 32 de la antedicha ley gallega, esta dirección general resuelve:

1. Modificar el acuerdo de concentración parcelaria de la zona de Oroso (A Cañiza-Pontevedra) y adjudicar al Ayuntamiento de A Cañiza la titularidad del predio núm. 102, que causa baja en el Fondo de tierras de la zona para ser destinado a aparcamiento en el entorno de la iglesia parroquial.

Transcurridos cinco años desde la cesión de las propiedades sin que el predio sea destinado al fin para el que es adjudicado, la titularidad del referido predio revertirá sobre el Fondo de tierras de la zona, el patrimonio de la Comunidad Autónoma, la Agencia Gallega de Desarrollo Rural (Agader) u otra entidad que corresponda, según el caso.

2. Ordenar que a la presente resolución se le dé la oportuna publicidad, sin perjuicio de su notificación al Ayuntamiento de A Cañiza».

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Consellería del Medio Rural, en el plazo de un mes que contará desde el día siguiente a la publicación de este anuncio.

Pontevedra, 25 de abril de 2019

Antonio Crespo Iglesias
Jefe territorial de Pontevedra