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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 87 Miércoles, 8 de mayo de 2019 Pág. 22120

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 4 de octubre de 2016, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Pontedeume (expediente IN407A 2016/705-1).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:

Solicitante: Maderas Regueiro, S.L.

Domicilio social: calle Campolongo, 138, 15600 Pontedeume.

Denominación: proyecto de instalación de LMTS 15 kV y CT prefabricado de 630 kVA, anexo y refundido del proyecto de instalación de la LMTS 15 kV y CT prefabricado de 630 kVA.

Situación: calle Campolongo, 138, 15600 Pontedeume.

Características técnicas:

LMTS 15 kV, lonxitude 0,040 km, RHZ1-2OL 12/20 kV 3×(1×240) Al. Dos celdas de línea de E/S, celda de seccionamiento.

Una celda de línea, celda de protección general, celda de medida y CT prefabricado tipo caseta de 630 kVA, 15 kV/400-230 V, aislante aceite mineral, trafo trifásico reductor COTRADIS.

En cumplimiento de los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el título VII, capítulo II, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y de acuerdo con la Resolución de 19 de febrero de 2014 de la Dirección General de Energía y Minas por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54), esta jefatura territorial resuelve:

Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de la referida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en su proyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.

Esta instalación está previsto que se ejecute en un plazo de un año, contado a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria.

Esta autorización se otorga sen perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación en los términos establecidos en los artículos 107, 110, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero); sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquer otro recurso que se considere pertinente.

A Coruña, 4 de octubre de 2016

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña