Visto el expediente para otorgamiento de la autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:
Solicitante: Barras Eléctricas Galaico-Asturianas, S.A.
Domicilio social: parque empresarial As Gándaras, calle Aller Ulloa, Ramón María, nº 9, 27003 Lugo.
Denominación: modificación del CT Lopolías 14239.
Situación: ayuntamiento de Lugo.
Características técnicas:
Reforma del CT no prefabricado Lopolías, con una potencia máxima admisible de 630 kVA y una potencia instalada de 400 kVA, consistente en:
– Obra civil
Saneado, revocado y pintado de paredes, techo y suelo, realización de un depósito de recogida de aceite, instalación de mampara de protección del transformador e instalación de reja de ventilación en la puerta de acceso al local.
– Obra eléctrica
Instalación de un nuevo transformador de 400 kVA, instalación de dos nuevas celdas de línea y una de protección, instalación de dos nuevos cuadros de BT y su ampliación, realización de nuevos puentes entre el CT y el cuadro de baja y entre el CT y las celdas de MT, e instalación de circuitos de alumbrado y emergencia.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre (BOE núm. 310), del sector eléctrico, y en el título VII, capítulo II, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE nº 310), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; en el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, y en la Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54, de 19 de marzo), esta jefatura territorial, teniendo en cuenta la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, y las competencias que resultan de los decretos 135/2017, de 28 de diciembre, por el que se crea y establece la estructura orgánica de la consellería, y el Decreto 9/2017, de 12 de enero, sobre órganos competentes para autorización de instalaciones eléctricas en la Comunidad Autónoma de Galicia, resuelve:
Conceder la autorización administrativa previa y de construcción a dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en su proyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente, independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de las instalaciones autorizadas.
El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.
Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada, ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución. También se podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.
Lugo, 2 de abril de 2019
Pilar Fernández López
Jefa territorial de Lugo