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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 75 Miércoles, 17 de abril de 2019 Pág. 19302

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Mar

ORDEN de 27 de marzo de 2019 por la que se modifica la titularidad de la concesión administrativa y de la batea A.F.R. I, situada en la cuadrícula número 43 del polígono A del distrito marítimo de Vilagarcía de Arousa.

a) Antecedentes:

Primero. Mediante Orden de 30 de mayo de 1975 se otorgó la concesión administrativa sobre la batea A.F.R. I, situada inicialmente en la cuadrícula número 153 del polígono B de Vilagarcía de Arousa, a Juan Ordóñez Comojo. Por error, en la Resolución de 16 de mayo de 2005 de la Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos por la que se otorga prórroga de la concesión administrativa del vivero denominado A.F.R. I, figura como cotitular Josefa Fuentes Torres, con quien Juan Ordóñez Comojo contrajo matrimonio en segundas nupcias, tras el fallecimiento en 1976 de su primera esposa Dolores Lorenzo Iglesias.

Segundo. Mediante Orden de 25 de octubre de 2005 se autorizó la transmisión de la concesión administrativa y de la batea A.F.R. I a favor de Mª Josefa Ordóñez Fuentes y Estefanía Ordóñez Fuentes, formalizándose esta en escritura pública el 13 de febrero de 2006.

Tercero. El 28 de octubre de 2013, mediante Sentencia número 299/13, el Juzgado de lo Penal número 1 de Santiago de Compostela declaró la nulidad de dicha transmisión.

Cuarto. Una vez dado cumplimiento a lo acordado por el juzgado, en el proceso de reversión de la titularidad del vivero a favor de los anteriores titulares, se produjo un error, pues se incluyó como cotitular a Josefa Fuentes Torres, actual esposa de Juan Ordóñez Comojo, la cual, como se indica en la citada sentencia, carece de derecho sobre la concesión y batea, al tratarse de un bien ganancial.

Quinto. El 16 de enero de 2015, el contador partidor José Manuel Babío Arcay presentó ante el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Padrón el cuaderno particional de herencia del que resulta que los herederos de Dolores Lorenzo Iglesias disponen de un derecho de crédito contra Juan Ordóñez Comojo, quien debe figurar como único titular de la concesión administrativa y de la batea A.F.R. I, ya que, en virtud de las sentencias que constan en el expediente, Josefa Fuentes Torres carece de derecho sobre la concesión.

Sexto. El 27 de febrero de 2019 se emitió propuesta de modificación de titularidad de la concesión administrativa y de la batea A.F.R. I como consecuencia de la sentencia firme dictada el 28 de octubre de 2013 por el Juzgado de lo Penal número 1 de Santiago de Compostela en el procedimiento abreviado 238/2013 que declara la nulidad de la transmisión de la explotación del vivero efectuada el 13 de febrero de 2006. Transcurrido el plazo establecido a los efectos, se constata que no se formularon alegaciones a la propuesta.

b) Consideraciones legales y técnicas:

Primera. Este órgano es competente para resolver el expediente de conformidad con la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia, modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre, y con la Orden de 8 de septiembre de 2017 de delegación de competencias en la Secretaría General Técnica de la Consellería del Mar, en las direcciones generales y jefaturas territoriales y en la Presidencia del Consejo de Administración del ente público Puertos de Galicia.

Segunda. El expediente siguió todos los trámites establecidos en el procedimiento administrativo común, con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia, y en la Orden de 15 de junio de 1999 por la que se regula el procedimiento para la transmisión de la titularidad de las concesiones de los viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia.

Vistas las disposiciones citadas, el artículo 88 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y demás normas de general y pertinente aplicación, esta consellería resuelve:

La modificación de la titularidad de la concesión administrativa y de la batea A.F.R. I, situada actualmente en la cuadrícula número 43 del polígono A del distrito marítimo de Vilagarcía de Arousa, quedando como único titular de esta Juan Ordóñez Comojo (****1467).

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la conselleira del Mar, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, contados en ambos casos desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Vigo, 27 de marzo de 2019

La conselleira del Mar
P.D. (Orden de 8.9.2017)
Sonia Lorenzo Santos
Jefa territorial de Vigo