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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 75 Miércoles, 17 de abril de 2019 Pág. 19296

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 22 de marzo de 2019, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, por el que se publica la Resolución de 22 de marzo de 2019 relativa al acto de conciliación formulado por los representantes de los montes vecinales en mano común Comunal de Ribas y Comunal de Servoi, en el municipio de Castrelo do Val.

Examinada la solicitud de conciliación formulada por los representantes de los MVMC Comunal de Ribas y Comunal de Servoi, en el municipio de Castrelo do Val, resultan los siguientes:

Hechos:

Primero. Con fecha 29 de agosto de 2013, el presidente de la junta rectora de la CMVMC de Ribas y el presidente de la junta rectora de la CMVMC de Servoi, presentaron en el registro de la Jefatura Territorial del Medio Rural en Ourense un escrito dirigido al Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común.

En él solicitaban que se aprobara el deslinde realizado entre ambas comunidades. A tal efecto presentaron la conciliación realizada ante el juzgado de paz, certificaciones de aprobación del deslinde de las respectivas asambleas y planos.

Segundo. El informe del Servicio de Montes de 17 de marzo de 2014 indica que la solicitud fue realizada de acuerdo con el artículo 53 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia. En la documentación no se presentó acta de deslinde, pero se entiende que está recogida en las certificaciones de aprobación y en la documentación del juzgado de paz.

El límite queda claramente definido desde un punto de vista topográfico y de la propiedad. Dos de las parcelas que conformaban el MVMC perteneciente a Ribas, y una pequeña parte de otra pasan a formar parte del MVMC de Servoi.

Consideraciones legales y técnicas:

Primero. La presente resolución se dicta el amparo del artículo 53 del Reglamento para la ejecución de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común, aprobado por el Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Segundo. El artículo 53 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia recoge el procedimiento a seguir en el deslinde entre montes vecinales en mano común y establece que el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común, tras el examen de la documentación presentada, dicte resolución que será publicada en el Diario Oficial de Galicia y notificada a las comunidades interesadas.

De acuerdo con los hechos y fundamentos de derecho expuestos, el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común acordó por unanimidad el día 7 de noviembre de 2018:

Aprobar el acto de conciliación acordado por las juntas rectoras del MVMC Comunal de Ribas y Comunal de Servoi, en el municipio de Castrelo do Val, de acuerdo con el informe favorable del Servicio de Montes del día 17 de marzo de 2014.

Contra esta resolución, que pone fin a vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ourense, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Ourense, 22 de marzo de 2019

Yago Borrajo Sánchez
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales
en Mano Común de Ourense