BDNS (Identif.): 447886.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero. Entidades beneficiarias
Podrán ser beneficiarias de los incentivos previstos en esta orden las personas empleadoras y las empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas, las sociedades civiles y las comunidades de bienes, aunque carezcan de personalidad jurídica, que contraten trabajadoras o trabajadores por cuenta ajena para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia, de acuerdo con los requisitos y condiciones que se establecen en esta orden.
Segundo. Objeto
Esta orden tiene por objecto fijar las bases reguladoras por las cuales se regirá, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, la convocatoria de las subvenciones establecidas por la Consellería de Economía, Empleo e Industria para el año 2019, con la finalidad de facilitar la inserción laboral de las personas jóvenes menores de 30 años desempleadas que presentan desvantajas y dificultades particulares para permanecer en el mercado de trabajo, y favorecer el empleo estable y facilitar la empleabilidad y ocupabilidad.
Tercero. Bases reguladoras
Orden de 26 de marzo de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras del programa Emplea Juventud de incentivos a la contratación y formación de persoas jóvenes, y se procede a su convocatoria para el año 2019.
Cuarto. Importe
La orden de convocatoria tiene un importe de 2.000.000 de euros.
Quinta. Plazo de presentación de solicitudes
1. El prazo general para la presentación de las solicitudes de las ayudas establecidas en esta orden comenzará el día siguiente al de su publicación.
2. Las solicitudes de ayudas por las contrataciones por cuenta ajena subvencionables realizadas entre el 1 de octubre de 2018 y la fecha de la publicación de esta orden deberán presentarse en el plazo de dos meses contado desde el día siguiente al de la publicación desta orden.
Las axudas previstas por las contrataciones subvencionables realizadas desde la entrada en vigor de esta orden deberán solicitarse hasta el último día del segundo mes siguiente a la fecha en que se inicie la relación laboral indefinida o temporal por la cual se solicita subvención.
3. El prazo para la presentación de las solicitudes de ayudas terminará el 30 de septiembre de 2019, aunque en esa fecha no transcurriese el plazo señalado en los párrafos anteriores.
Santiago de Compostela, 26 de marzo de 2019
Francisco José Conde López
Conselleiro de Economía, Empleo e Industria