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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 52 Jueves, 14 de marzo de 2019 Pág. 13980

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

DECRETO 22/2019, de 28 de febrero, por el que se declara, en concreto, la utilidad pública y se dispone la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto de construcción del itinerario peatonal y ciclista en la AC-116, tramo AC-114-Meirás, punto kilométrico 6+500-12+030, de clave AC/16/063.06, en los ayuntamientos de Narón y Valvoviño.

Antecedentes:

Primero. Con fecha de 29 de julio de 2016 se publicó en el Diario Oficial de Galicia número 143 el Anuncio de 14 de julio de 2016 por el que se somete al trámite de información pública el proyecto de construcción del itinerario peatonal y ciclista en la AC-116, tramo AC-114-Meirás, p.k. 6+280-9+270, de clave AC/16/063.06, así como la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por el proyecto referenciado.

No obstante, el proyecto sometido a información pública abarcaba un ámbito superior, alcanzando el tramo hasta el punto kilométrico 12+030.

Segundo. Tras el análisis de las alegaciones, certificados e informes presentados, el 22 de febrero de 2019 se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el proyecto de construcción del itinerario peatonal y ciclista en la AC-116, tramo AC-114-Meirás, de clave AC/16/063.06.

Este proyecto de construcción tiene por objeto la ejecución de una senda compartida peatón-bici para conectar con el paseo que bordea la Laguna de A Frouxeira y que llega hasta el núcleo de Atios, permitiendo la conexión peatonal a lo largo de toda la carretera AC-116 en el municipio de Valdoviño. También se mejorará una intersección para la realización del cruce de la carretera AC-116.

La competencia para la ejecución de la expropiación forzosa, en el ámbito de las carreteras no incorporadas a la red del Estado, con itinerarios que se desarrollen íntegramente en su territorio, le corresponde a la Comunidad Autónoma de Galicia, al amparo del apartado dos del artículo 28 del Estatuto de autonomía de Galicia, aprobado por la Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril.

Le corresponde al Consello de la Xunta de Galicia, como órgano equivalente al Consejo de Ministros, en el ámbito de la Administración autonómica, el reconocimiento concreto de la utilidad pública y la declaración de la urgente ocupación de los bienes afectados por la expropiación a que da lugar la realización de la obra, según lo previsto en los artículos 10 y 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa.

En su virtud, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Movilidad y después de la deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día veintiocho de febrero de dos mil diecinueve,

DISPONGO:

Artículo único

Declarar, en concreto, la utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación para los efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos que se concretan en el expediente administrativo instruido, así como en cualquiera de las modificaciones que sea necesario realizar para la ejecución del proyecto de construcción del itinerario peatonal y ciclista en la AC-116, tramo AC-114-Meirás, p.k. 6+500-12+030, de clave AC/16/063.06.

Santiago de Compostela, veintiocho de febrero de dos mil diecinueve

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Ethel Mª Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Movilidad