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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 49 Lunes, 11 de marzo de 2019 Pág. 13561

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (PO 639/2017).

Yo, Encarnación Mercedes Tubío Lariño, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 639/2017 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Vanessa Vilariño Quinteiro contra la empresa Santiago Ferreira, S.L. y el Fogasa, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

«Fallo que, estimando parcialmente la demanda interpuesta por Vanessa Vilariño Quinteiro contra Santiago Ferreira, S.L., debo condenar y condeno a la mercantil demandada a abonarle a la demandante la suma de 4.266,56 euros brutos por los conceptos indicados en el hecho probado cuarto de esta sentencia, incrementada con los intereses previstos en el artículo 29.3 del ET sobre los conceptos salariales –que comportan 495,13 euros brutos- desde la fecha de presentación de la papeleta de conciliación hasta la presente resolución, y los del artículo 576 de la LEC a partir de la presente resolución, y los intereses del artículo 1108 del Código civil sobre la indemnización de despido y vacaciones –que comportan 3.847,43 euros brutos- desde la fecha de presentación de la papeleta de conciliación hasta la presente resolución, y los del artículo 576 de la LEC a partir de la presente resolución; y condeno, asimismo, a la mercantil demandada al abono de las costas procesales, con inclusión de los honorarios del letrado de la parte demandante por importe de 200 euros.

En lo que atañe a la responsabilidad del Fogasa, no ha lugar a su condena en esta instancia, debiendo estarse a lo que resulte conforme a la aplicación del artículo 33 del ET, con notificación de la presente resolución.

Notifíquese a las partes la presente resolución, haciéndoles saber que frente a la misma cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente al de su notificación.

La anterior resolución se entregará a la letrada de la Administración de justicia para su custodia e incorporación al libro de sentencias. Insértese en las actuaciones por medio de testimonio.

Por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en la primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Santiago Ferreira, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de anuncios de este juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 13 de febrero de 2019

La letrada de la Administración de justicia