El letrado de la Administración de justicia, José Miguel Formoso Sobrado, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, hace saber que en el recurso contencioso-administrativo, en el procedimiento que se dirá, a instancia de Camping Mougás, S.L. contra la Consellería del Mar e Insuíña, S.L., el Tribunal Supremo dictó la Sentencia 983/2018, de 12 de junio, de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sala Tercera del Tribunal Supremo, firme en derecho, cuyo fallo dice literalmente:
«Primero. Estimar el recurso de casación número 263/2017, interpuesto por la representación procesal de Camping Mougás, S.L., contra la sentencia dictada el 27 de octubre de 2017 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Sección Segunda, en el recurso contencioso-administrativo 4534/2009.
Segundo. Revocar y dejar sin efecto la sentencia recurrida y, con estimación parcial del recurso contencioso-administrativo deducido contra el Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 30 de julio de 2009, por el que se aprueba el proyecto sectorial de incidencia supramunicipal proyecto sectorial del Parque de Tecnología Alimentaria de Mougás, Oia, Pontevedra, anular dicho acuerdo por disconforme a derecho».
Lo que, de conformidad con lo previsto en el artículo 107.2 de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y en cumplimiento de lo interesado expresamente por el tribunal sentenciador, se publica para general conocimiento y a los efectos legales procedentes.
A Coruña, 19 de febrero de 2019
José Miguel Formoso Sobrado
Letrado de la Administración de justicia