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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 48 Viernes, 8 de marzo de 2019 Pág. 13080

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura y Turismo

ORDEN de 27 de febrero de 2019 por la que se ratifica el acuerdo de extinción de la Fundación Teatro Principal de Tui y se dispone su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

Examinado el expediente de extinción de la Fundación Teatro Principal de Tui, adscrita al protectorado de la Consellería de Cultura y Turismo, resultan los siguientes

Hechos:

Primero. Con fecha 21 de diciembre de 2018 tuvo entrada en la Consellería de Cultura y Turismo la solicitud de ratificación y posterior inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego del acuerdo de extinción de la Fundación Teatro Principal de Tui, adoptado por el patronato el 19 de diciembre de 2018.

Segundo. La Fundación Teatro Principal de Tui fue constituida mediante escritura pública de 5 de abril de 2000, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de A Coruña, José María Rodríguez Enríquez, con el número 623 de su protocolo. La Fundación Teatro Principal de Tui fue clasificada de interés cultural por Orden de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública de 27 de abril de 2000 (DOG núm. 90, de 11 de mayo) y declarada de interés gallego por Orden de la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo de 19 de mayo de 2000 (DOG núm. 113, de 12 de junio de 2000) figurando inscrita en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego con el número 2000/6.

Tercero. De acuerdo con el artículo 6 de sus estatutos, los fines de la fundación son la adquisición del inmueble del Teatro Principal de Tui y terreno vecino, la rehabilitación del edificio de dicho teatro, así como el desarrollo de actividades culturales (teatro, cine, música, danza, conferencias, exposiciones de arte, etc.) en el seno de su ámbito escénico.

Cuarto. El órgano de gobierno de la fundación, en su reunión de 19 de diciembre de 2018, adoptó el acuerdo de extinción de la fundación por imposibilidad de la realización de los fines fundacionales.

En el expediente tramitado al efecto consta la siguiente documentación:

a) Certificación del acuerdo de extinción adoptado por el patronato.

b) Memoria justificativa de la concurrencia de la causa de extinción.

c) Las cuentas de la fundación en la fecha de adopción del acuerdo.

d) Proyecto de distribución de los bienes y derechos resultante de la liquidación.

e) Informe-propuesta del protectorado.

Consideraciones legales:

Primero. La Consellería de Cultura y Turismo es competente para el ejercicio de las funciones de protectorado sobre la Fundación Teatro Principal de Tui, de conformidad con lo establecido en el Decreto 163/2018, de 13 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Cultura y Turismo, en relación con el artículo 47 de la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7.2.b) del Decreto 15/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, correspondiente a la Consellería de Cultura y Turismo la inscripción en la sección correspondiente del Registro de Fundaciones de Interés Gallego de todos los actos relativos a las fundaciones sobre las que ejerza las funciones de protectorado.

Segundo. El artículo 44 de la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego establece entre las causas de extinción de las fundaciones la imposibilidad de realización del fin fundacional, siendo necesario a tal efecto el acuerdo favorable del patronato, ratificado por el protectorado. Dicho artículo dispone, asimismo, que el acuerdo de extinción se inscribirá en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

Tercero. El acuerdo de extinción se adoptó siguiendo los requisitos establecidos en la normativa vigente y en los estatutos de la fundación, siendo aprobado por el patronato en su reunión de 19 de diciembre de 2018. En el expediente tramitado consta la memoria justificativa de la causa de extinción y la demás documentación prevista en los artículos 44 y 45 de la Ley 12/2006 y en el artículo 48 del Decreto 14/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de interés gallego.

Cuarto. En ejercicio de la facultad prevista en el artículo 33 de sus estatutos, el patronato de la fundación acuerda que los bienes y derechos resultantes de la liquidación sean destinados al Ayuntamiento de Tui.

Por lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego, en el Decreto 14/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de interés gallego y en el Decreto 15/2009, de la misma fecha, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, y demás normativa de general aplicación,

DISPONGO:

Primero. Ratificar el acuerdo de extinción de la Fundación Teatro Principal de Tui, adoptado por el patronato de la fundación en su reunión de 19 de diciembre de 2018.

Segundo. Ordenar la inscripción de la extinción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego, Sección de la Consellería de Cultura y Turismo.

Tercero. Declarar cómo destinatario de los bienes y derechos resultantes de la liquidación al Ayuntamiento de Tui.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que, con carácter potestativo, pueda interponerse recurso de reposición ante el conselleiro de Cultura y Turismo, en el plazo de un mes, según lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El conselleiro de Cultura y Turismo
P.D. (Orden de 25.1.2012; DOG núm. 27, de 8 de febrero
Disposición adicional tercera del Decreto 106/2018, de 4 de octubre)
Manuel Vila López
Secretario general técnico de la Consellería de Cultura y Turismo