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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 46 Miércoles, 6 de marzo de 2019 Pág. 12781

III. Otras disposiciones

Escuela Gallega de Administración Pública

RESOLUCIÓN de 25 de febrero de 2019 por la que se convoca un curso para el personal de la Administración local de Galicia sobre la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público.

De acuerdo con el Convenio de colaboración suscrito entre la Escuela Gallega de Administración Pública (en adelante, EGAP) y la Diputación Provincial de Ourense para el desarrollo de actividades de formación, divulgación e investigación,

RESUELVO:

Convocar un curso para el personal de la Administración local de Galicia sobre la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, que deberá desarrollarse según las bases detalladas en el anexo I.

Santiago de Compostela, 25 de febrero de 2019

Sonia Rodríguez-Campos González
Directora de la Escuela Gallega de Administración Pública

ANEXO I

Primera. Requisitos de las personas participantes

Podrán participar en las acciones formativas convocadas mediante esta resolución el personal al servicio de la Administración local de Galicia y, en caso de vacante, personal de la Administración autonómica y estatal, que se encuentren en situación de servicio activo, permiso por maternidad, adopción o excedencia por el cuidado de un/una hijo/a o de un/una familiar y que reúnan los requisitos establecidos en esta convocatoria.

Toda persona solicitante que al inicio o durante el curso esté en situación de baja laboral por incapacidad temporal quedará automáticamente excluida del listado del personal seleccionado. Esta incidencia debe comunicarse a la EGAP con carácter inmediato.

Segunda. Desarrollo de las actividades de formación

La actividad formativa se realizará con los requerimientos, la duración y las condiciones que se indiquen en esta convocatoria. La información relativa al desarrollo de la actividad, así a como sus posibles modificaciones, será actualizada y ampliada en la página web <https://egap.xunta.gal>.

Tercera. Solicitudes y plazos

1. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

2. Las solicitudes de participación en las actividades formativas solo podrán realizarse mediante el formulario de matrícula telemática disponible en la dirección <https://egap.xunta.gal/matricula> desde las 8.00 horas de la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes y hasta las 23.55 horas de la fecha de finalización. Las solicitudes se entenderán presentadas una vez que se complete correctamente el proceso de matriculación.

3. Serán excluidas automáticamente aquellas solicitudes que no se ajusten al formulario de solicitud, no tengan cumplimentados correctamente los datos necesarios para la realización del proceso de selección o sean presentadas fuera de plazo.

4. Las personas que oculten o falseen datos esenciales para la selección serán automáticamente excluidas de las actividades solicitadas y pasarán al final de las listas de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado desde que se detecte el hecho.

5. Las personas interesadas en recibir mensajes sobre el proceso de selección deberán facilitar una dirección de correo electrónico y/o un número de teléfono móvil.

6. Las personas que necesiten acreditar circunstancias específicas (discapacidad, permiso de maternidad, etc.) de acuerdo con los criterios de selección podrán remitir a la EGAP la correspondiente documentación complementaria, junto con una copia del formulario de la matrícula, a la dirección de correo electrónico <xestion.egap@xunta.gal>, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre). Dicha documentación deberá enviarse por una única de las vías indicadas; en caso contrario solo serán considerados los datos recibidos por correo electrónico. La documentación deberá presentarse dentro del plazo señalado en el punto 1 de esta base.

7. La EGAP adoptará las medidas necesarias para facilitar la presentación de las solicitudes. Las dudas, las dificultades técnicas y las peticiones de información complementaria serán atendidas a través de los números de teléfono 981 54 62 57, 981 54 63 35 y de la dirección de correo electrónico <xestion.egap@xunta.gal>.

Asimismo, los peticionarios podrán obtener información sobre su admisión llamando al teléfono 988 31 75 80 o consultando la página web <www.depourense.es/formacion>

Cuarta. Criterios de selección

1. Con carácter general, se dará prioridad en el proceso de selección de los participantes a los solicitantes que presten servicios en la Administración local de la provincia de Ourense.

2. Los criterios selectivos que serán empleados son los señalados con carácter general en la Resolución de la Escuela Gallega de Administración Pública de 4 de enero de 2008 (DOG núm. 7, de 10 de enero).

A efectos de lo previsto en el punto segundo de la citada resolución, el baremo que se empleará para la selección se establece sobre una base de 100 puntos, de los que el 60 % estará vinculado al número de horas de formación recibidas en los dos últimos años y el 40 % restante a la antigüedad en la Administración.

Los empates se desharán de acuerdo con el resultado del sorteo al que se refiere el artículo 9 del Reglamento de selección de personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, aprobado por el Decreto 95/1991, de 20 de marzo (DOG núm. 58, de 25 de marzo). Para el año 2019, según la Resolución de la Consellería de Hacienda de 24 de enero (DOG núm. 25, de 5 de febrero), se comenzará por la letra Q.

3. En caso de que no haya un suficiente número de solicitantes que cumplan los requisitos del curso podrá completarse el número de alumnos/as asignado mediante la apertura de un nuevo plazo público en la página web de la EGAP.

Quinta. Publicación de las relaciones del alumnado seleccionado

La EGAP publicará en la dirección <https://egap.xunta.gal> una relación de las personas seleccionadas para participar en cada curso, así como un número adecuado de reservas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

El plazo de presentación de alegaciones será de diez días desde su publicación de acuerdo con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Se entenderá que las personas que no figuren en la relación fueron excluidas por alguna de las razones expresadas en las bases de la convocatoria u ocupan un puesto más alejado en el listado de espera.

Desde la diputación provincial podrá comunicárseles telefónicamente a las personas seleccionadas su admisión, con el fin de obtener la confirmación sobre su participación en la acción formativa.

Transcurrido el plazo de alegaciones, la EGAP publicará en la dirección <https://egap.xunta.gal> el listado definitivo de personas admitidas en el curso. Contra este listado se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes desde dicha publicación, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Sexta. Cambios o sustituciones en la selección, renuncia y asistencia a la actividad

1. Los cambios o las sustituciones en la selección:

En ningún caso serán admitidos cambios o sustituciones entre las personas seleccionadas.

2. La renuncia:

a) Las personas seleccionadas solo podrán renunciar a la actividad formativa:

– Por causa de fuerza mayor suficientemente acreditada.

– Por necesidades del servicio debidamente motivadas por parte de las personas responsables de los centros directivos.

– Por otras causas justificadas documentalmente.

b) La renuncia debe ser comunicada por escrito a la EGAP con una antelación mínima de un día anterior al inicio de la actividad formativa. En la página web de la escuela está disponible un modelo de renuncia.

Para esto se podrá utilizar, además de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), la dirección de correo electrónico <xestion.egap@xunta.gal>

c) Las personas que incumplan lo previsto en los apartados a) y b) pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

3. La asistencia y la puntualidad:

a) Son obligatorias la asistencia a las sesiones de la actividad formativa y la puntualidad.

b) Durante la actividad formativa tendrá lugar un control permanente de asistencia y puntualidad, incluidos controles extraordinarios.

c) Las faltas de asistencia en las actividades presenciales:

1) No pueden superar en ningún caso el 10 % de la duración de la actividad. En todo caso, las faltas de asistencia deberán justificarse documentalmente ante los/las responsables de la actividad formativa en un plazo máximo de 10 días contados a partir del día de la finalización de esta actividad. Las personas que incumplan lo dicho anteriormente perderán el derecho al certificado de participación en la actividad formativa.

2) Aquellas personas cuyas faltas de asistencia superen el 50 % de la duración de la actividad, pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

Séptima. Realización de pruebas

Para poder superar la actividad es necesario superar una prueba de evaluación final que tendrá lugar el último día del curso en el lugar indicado en el anexo II.

Octava. Certificados

Para la obtención del certificado de aprovechamiento el alumnado deberá obtener la evaluación positiva de su profesorado, el cual emitirá un informe en que declare apto/a o no apto/a cada alumno/a en función del resultado de la prueba de evaluación.

Novena. Facultades de la EGAP

1. La EGAP y la Diputación Provincial de Ourense podrán modificar el desarrollo, las fechas y los lugares de la actividad formativa, así como resolver todas las contingencias que puedan surgir.

2. En el supuesto de que el número de personas admitidas sea inferior al 50 % de las plazas convocadas, la EGAP y la Diputación Provincial de Ourense se reservan el derecho a suspender o cancelar la actividad, caso en el que emplearán los medios de notificación a las personas interesadas previstos en la normativa vigente.

3. La EGAP y la Diputación Provincial de Ourense garantizarán en la totalidad de las actividades derivadas de esta convocatoria la promoción de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, la eliminación de cualquier tipo de discriminación y el fomento de los derechos de conciliación.

ANEXO II

Código: CV19017.

Curso sobre la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público.

1. Objetivos.

• Generales:

La Diputación Provincial de Ourense en su misión de asistencia municipal tiene como objetivo la formación continua, no solo de su propio personal, sino también del personal de los ayuntamientos de la provincia.

La recién aprobada Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, supuso un cambio notable en la normativa de contratación pública, incidiendo en aspectos tan relevantes como la transparencia y la agilización de la contratación pública.

Con la finalidad de que las administraciones públicas de la provincia de Ourense presten un mejor servicio al ciudadano, se organiza este curso de formación continua en materia de contratación pública.

• Específicos:

1) Estudiar las novedades normativas que se produjeron en materia de contratación pública con la aprobación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público.

2) Analizar desde una perspectiva tanto teórica como práctica las claves de la nueva regulación sobre contratos públicos.

3) Dar a conocer al alumnado las especialidades contractuales y su problemática, con especial atención a su incidencia en la actividad de los entes locales.

4) Resolver las dudas de los participantes sobre la gestión práctica de la contratación y compartir experiencias en la aplicación de las novedades normativas.

2. Destinatarios/as.

Funcionarios/as de la Administración local con habilitación de carácter estatal, técnicos/as de Administración general y especial de las entidades locales y empleados/as públicos/as con responsabilidades en materia de contratación.

3. Desarrollo.

Duración: 15 horas.

Fechas: 26 de marzo y 2, 9, 23 y 30 de abril de 2019.

Horario: de 17.00 a 20.00 horas.

Lugar: Ourense, aulas de formación de la Diputación de Ourense en el Centro Cultural Marcos Valcárcel (calle Progreso, nº 30, 2º).

Plazas: 40.

4. Contenido.

1. Antecedentes y aproximación al nuevo texto legal: contextualización de la Ley 9/2017.

1.1. La tramitación parlamentaria.

1.2. Las directivas traspuestas y el efecto directo.

1.3. Estructura y objetivos de la nueva Ley de contratos del sector público 9/2017.

2. Disposiciones generales de la Ley 9/2017.

2.1. Objeto, ámbito y finalidad de aplicación de la ley.

2.2. Tipos contractuales.

2.3. Umbrales SARA.

2.4. Contratos administrativos y privados.

2.5. Jurisdicción competente.

3. Elementos estructurales de los contratos.

3.1. Aspectos generales de la contratación pública y encargos a medios propios.

3.2. Aspectos formales del contrato.

3.3. Recurso especial.

3.4. Competencia para contratar, perfil del contratante y lucha contra la corrupción.

3.5. Medidas de auto limpieza.

3.6. Sucesión del contratista.

3.7. Objeto del contrato.

3.8. Garantías exigibles.

4. La nueva gobernanza en la contratación pública.

4.1. Nuevas obligaciones en materia de transparencia, integridad y conflictos de intereses, vinculados a las especialidades del mundo local.

4.2. Órganos de contratación.

4.3. Mesas de contratación.

4.4. Otros órganos y registros.

4.5. Remisión de información.

4.6. Plataforma de contratos del sector público.

5. Los contratos de las administraciones públicas.

5.1. Consultas preliminares de mercado.

5.2. Expediente de contratación y tramitación urgente.

5.3. Pliegos y especificaciones técnicas.

5.4. Adjudicación del contrato.

5.5. Procedimiento abierto y abierto simplificado.

5.6. Procedimiento negociado.

5.7. Asociación para la innovación.

6. Contratos de otros entes del sector público.

6.1. Contratos de poder adjudicadores no Administración pública (PANAPS).

6.2. Contratos de entes del sector público en la entidad adjudicadora.

7. La fase de ejecución del contrato.

7.1. Efectos de los contratos e interpretación de estos.

7.2. Ejecución de los contratos.

7.3. Modificación de los contratos.

7.4. Extinción del contrato.

7.5. Subcontratación.

5. Valoración.

A los efectos de lo establecido en la Resolución del INAP de 26 de octubre de 1994, BOE núm. 267, de 8 de abril, y corrección, BOE núm. 311, de 29 de diciembre, por la que se establecen los criterios de reconocimiento y valoración de los cursos de Administración local en cumplimiento de lo establecido en la Orden del Ministerio para las Administraciones Públicas de 10 de agosto de 1994, a este curso se le otorgará una puntuación de 0,40 puntos.

A efectos de lo establecido en el Decreto 49/2009, de 26 de febrero (DOG núm. 52, de 16 de marzo de 2010), y corrección, DOG núm. 77, de 22 de abril, sobre el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia respecto de los/las funcionarios/as con habilitación de carácter estatal, a este curso se le otorgará una puntuación de 0,30 puntos.