Por la presente, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), se notifica a las personas físicas y jurídicas que a continuación se mencionan, titulares de establecimientos turísticos, las resoluciones de los procedimientos administrativos de carácter sancionador en materia de turismo por infracción administrativa grave de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, del turismo de Galicia (DOG núm. 216, de 11 de diciembre), y que intentadas por los medios habituales no se pudieron practicar.
Las/los interesadas/os podrán examinar los expedientes, y recoger las resoluciones mediante comparecencia en las dependencias de esta axencia turismo de Galicia situadas en la carretera de Santiago-Noia, km 3, A Barcia, de Santiago de Compostela (A Coruña).
Contra dichas resoluciones, que ponen fin a la vía administrativa, las/los interesadas/os podrán interponer recurso de reposición ante la titular de la Agencia Turismo de Galicia en el plazo de un (1) mes, o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos (2) meses, desde el día siguiente al de esta publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 8.2.b), 14.1 segunda, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Se les comunica que de no haber presentado recurso, la sanción será firme, debiendo abonar el importe de la multa en la cuenta restringida de multas y sanciones de esta agencia, mediante los impresos formalizados que le serán facilitados en las dependencias de esta axencia de turismo, en el período que en el mismo se señala.
Transcurrido este sin tener efectuado el pago, se procederá a la exacción de la deuda por la vía de apremio, con sujeción a lo dispuesto en el Reglamento general de recaudación aprobado por el Real decreto 939/2005, de 29 de julio.
Santiago de Compostela, 20 de febrero de 2019
José Luis Maestro Castiñeiras
Director de Competitividad
ANEXO
Expediente |
Sancionado |
Última dirección |
Localidad |
Preceptos infringidos |
Resolución |
TUSAN1 2017/098-1 |
Roberto Barbado Calles |
Calle Cotolengo, nº 17 |
Santiago de Compostela (A Coruña) |
110.1 de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, del turismo de Galicia |
Declaración de caducidad |
TUSAN1 2017/201-1 |
María Luisa Barcia Lence |
Carretera Río Lambre, nº 12, Ponte do Porco |
Paderne (A Coruña) |
110.1 de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, del turismo de Galicia |
Caducidad e incoación de un nuevo procedimiento sancionador |
TUSAN1 2017/263-1 |
Jomi Hostelería, S.L. |
Playa de Cabío, s/n |
A Pobra do Caramiñal (A Coruña) |
110.1 de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, del turismo de Galicia |
Multa de 3.601,00 euros |
TUSAN1 2018/055-1 |
Viajes Barreiro & Salgueiro, S.L. |
Calle Santa Catalina, nº 48, bajo |
Fisterra (A Coruña) |
110.1 de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, del turismo de Galicia |
Sanción de multa de 1.650,00 euros |
TUSAN1 2018/065-1 |
Infogali21, S.L. |
Calle Dolores, nº 2, bajo |
Ferrol (A Coruña) |
110.1 de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, del turismo de Galicia |
Multa de 1.100,00 euros |
TUSAN1 2017/039-2 |
Estefanía Grueso Cacho |
Avenida do Barco, nº 1 |
Portomarín (Lugo) |
110.5 de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, del turismo de Galicia |
Finalización del procedimiento por pago anticipado |
TUSAN1 2018/036-3 |
José Francisco Muñoz Vilar |
Calle Mercado, nº 5, bajo |
Ourense |
110.1 de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, del turismo de Galicia |
Sanción de multa de 1.200,00 euros |
TUSAN1 2017/014-4 |
La Barraca de Tui, S.L. |
Figueiras, nº 22 |
Vigo (Pontevedra) |
110.1 de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, del turismo de Galicia |
Declaración de caducidad |
TUSAN1 2017/046-4 |
Viajes San Ginés, S.L. |
Calle Progreso, nº 82 B |
Sanxenxo (Pontevedra) |
110.10 de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, del turismo de Galicia |
Caducidad e incoación de un nuevo procedimiento sancionador |
TUSAN1 2017/065-4 |
Peirao, S.L. |
Calle Progreso, nº 86, Portonovo |
Sanxenxo (Pontevedra) |
110.5 de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, del turismo de Galicia |
Finalización del procedimiento por pago anticipado |