De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se publica la Resolución de 3 de enero de 2017 de baja de los establecimientos indicados en el anexo, ya que, intentada la notificación, no se pudo practicar por los medios habituales.
Esta resolución agota la vía administrativa y contra ella se podrá interponer recurso potestativo de reposición, ante la Agencia Turismo de Galicia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su notificación, o directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Pontevedra, 19 de febrero de 2019
María Angeles Herrero Pérez
Jefa del Área Provincial de Turismo de Pontevedra
ANEXO
Establecimiento: Mar de Plata.
Signatura: V-PO-007938.
Razón social: Copk Lago, S.L.
Domicilio: Samil, 21.
Ayuntamiento: Vigo.
Establecimiento: Nglove.
Signatura: V-PO-007322.
Razón social: Trilita Samil, S.L.
Domicilio: Samil, 79.
Ayuntamiento: Vigo.
Establecimiento: Mi Taberna.
Signatura: V-PO-004367.
Razón social: Hoteles Gallegos, S.L.
Domicilio: Samil, 14.
Ayuntamiento: Vigo.