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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 34 Lunes, 18 de febrero de 2019 Pág. 10168

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia Gallega de Infraestructuras

ANUNCIO de 11 de febrero de 2019 por el que se hace pública la resolución por la que se resuelve el expediente de información pública sobre el proyecto de construcción de reforma de la mejora de la seguridad vial en la PO-308 (punto kilométrico 12+400 al 15+400), con la clave PO/13/102.06, y se aprueba el proyecto de actualización del proyecto de construcción de reforma de la mejora de la seguridad vial en la PO-308 (punto kilométrico 12+400 al 15+400), de clave PO/13/102.06.1.

En fecha 11 de febrero de 2019, la Dirección de la Agencia Gallega de Infraestructuras, por delegación de la conselleira de Infraestructuras y Movilidad (Orden de 4 de febrero de 2013; Diario Oficial de Galicia de 20 de febrero), visto el informe del análisis de las alegaciones, resolvió lo siguiente:

«Antecedentes de hecho:

Primero. En fecha de 5 de febrero de 2015 se aprobó provisionalmente el proyecto de construcción de reforma de la mejora de la seguridad vial en la PO-308 (p.k. 12+400 al 15+400), con la clave PO/13/102.06.

Segundo. En fecha 20 de octubre de 2017, se publicó en el Diario Oficial de Galicia (núm. 200) el Anuncio de 5 de octubre de 2017 por el que se somete al trámite de información pública el proyecto de construcción de reforma de la mejora de la seguridad vial en la PO-308 (p.k. 12+400 al 15+400), con la clave PO/13/102.06, así como la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por el proyecto referenciado.

Tercero. Durante todo el trámite de información pública se presentaron alegaciones, certificados e informes, procediéndose a su valoración.

Fundamentos de derecho:

Primero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 21 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el mencionado proyecto de construcción se sometió al trámite de información pública durante un período de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia.

Segundo. Simultáneamente al trámite señalado en el párrafo anterior, y a los efectos previstos en el artículo 56.1 del Reglamento de expropiación forzosa, se sometió a información pública la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por la realización de la obra correspondiente.

De acuerdo con todo lo expuesto, y tras los certificados, alegaciones e informes presentados por los organismos oficiales competentes,

Acuerdo:

Primero. Resolver el expediente de información pública sobre el proyecto de construcción de reforma de la mejora de la seguridad vial en la PO-308 (p.k. 12+400 al 15+400), con la clave PO/13/102.06, con las siguientes modificaciones, que quedarán reflejadas en el proyecto de actualización del proyecto de construcción de la mejora de la seguridad vial en la PO-308 (p.k. 12+400 al 15+400), con la clave PO/13/102.06.1:

• Se modificarán las aceras existentes en las intersecciones del tramo para adaptarlas a la normativa de accesibilidad.

• Se limitará a 50 km/h los 200 metros iniciales de la actuación y se reforzará la señalización de los pasos de peatones.

• Se señalizará la presencia de ciclistas y se sustituirá la instalación de hitos de arista por la ampliación de acera en los cruces.

• Se mejorará el entorno de la parada de autobús existente en el tramo comprendido entre el p.k. 13+000 y 13+100, margen izquierdo, para facilitar la accesibilidad de los peatones y mejorar su seguridad, y se trasladará la parada de bus del p.k. 13+440, margen derecho, al p.k. 13+600 en el mismo margen, para aproximarla al paso de peatones existente, que cuenta con suficiente visibilidad.

• Se incorporará el diseño del acceso autorizado en el p.k. 14+000, aumentando la longitud de la cuña de desaceleración autorizada para facilitar la salida de la PO-308 hacia el acceso.

• Para mejorar la seguridad viaria de la intersección con semiglorieta existente en la intersección con la carretera provincial en el p.k. 15+000, se ejecutará una cuña de desaceleración.

Segundo. Según establece el artículo 23 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el Ayuntamiento de Sanxenxo deberá adaptar su planeamiento urbanístico al contenido en el proyecto, en el que se establecerán las determinaciones del planeamiento urbanístico que deben ser modificadas como consecuencia de su aprobación, en el plazo que determine este último y, en todo caso, en su primera modificación o revisión.

Tercero. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, o bien recurso potestativo de reposición, ante la conselleira de Infraestructuras y Movilidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el DOG, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común».

Lo que se hace público para general conocimiento.

Santiago de Compostela, 11 de febrero de 2019

Francisco Menéndez Iglesias
Director de la Agencia Gallega de Infraestructuras