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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 31 Miércoles, 13 de febrero de 2019 Pág. 9243

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 22 de enero de 2019 por la que se notifica la resolución del recurso potestativo de reposición interposto contra la Resolución de 16 de enero de 2018, recaída en el expediente de reposición de la legalidad urbanística LUG/122/2014-RP1.

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 14 de noviembre de 2018, resolución por la que se desestima el recurso potestativo de reposición interpuesto contra la Resolución de 16 de enero de 2018, recaída en el expediente de reposición de la legalidad urbanística LUG/122/2014-RP1, dictada por el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, por la que se impone una primera multa coercitiva, al incumplir lo ordenado en las resoluciones de 8 de julio de 2016 y 19 de julio de 2017, confirmando, en consecuencia, la resolución recurrida.

Al no poderse realizar la notificación personal de aquella resolución a Manuel Díaz Fernández, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica al interesado dicha resolución por medio de un anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica en su integridad, se comunica al interesado que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, sitas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra dicha resolución, que es definitiva en vía administrativa, el interesado puede interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y sirva de notificación al citado interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 22 de enero de 2019

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística