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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 24 Lunes, 4 de febrero de 2019 Pág. 7264

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 15 de enero de 2019 por la que se notifica la resolución del expediente de reposición de la legalidad urbanística PON/215/2017-RP1.

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, el día 11 de octubre de 2018, dictó resolución por la que se ordena la demolición de las obras consistentes en la construcción de una edificación para uso residencial en el lugar de Costiña, en el término municipal de Vilanova de Arousa, provincia de Pontevedra, que no son legalizables por ser incompatibles con el ordenamiento urbanístico, y la reposición de los terrenos afectados al estado anterior al inicio de las obras, así como el cese definitivo de los usos a los que hayan dado lugar. La orden de demolición deberá ser ejecutada en el plazo de tres meses a contar desde la notificación de la presente resolución, dando cuenta a la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística.

Al no poder realizarse la notificación personal de aquella resolución a Mª Milagros Pintos Rey (en representación de Paula Sineiro Pintos), mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica a la interesada dicha resolución por medio de un anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica en su integridad, se hace saber a la interesada que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, sitas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, la interesada puede interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que se haya producido la notificación, ante el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien, si no ejerce su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y sirva de notificación a la citada interesada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 15 de enero de 2019

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística