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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 24 Lunes, 4 de febrero de 2019 Pág. 7262

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 10 de enero de 2019 por la que se notifica la resolución del recurso extraordinario de revisión interpuesto contra la Resolución de 18 de noviembre de 2016 y contra la Resolución de 29 de marzo de 2017, recaídas en el expediente de reposición de la legalidad urbanística OUR/31/2015-RP1.

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 21 de noviembre de 2018, resolución por la que no se admite a trámite el recurso extraordinario de revisión interpuesto contra las resoluciones de 18 de noviembre de 2016 y de 29 de marzo de 2017, dictadas por el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística en el expediente OUR/31/2015-RP1.

Al no poderse realizar la notificación personal de aquella resolución a José Ramón Movilla Rivas y a Cristalina Martínez Ferreño, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica a los interesados dicha resolución por medio de un anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica en su integridad, se comunica a los interesados que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, sitas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días hábiles que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra dicha resolución, que es definitiva en vía administrativa, los interesados pueden interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y sirva de notificación a los citados interesados, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 10 de enero de 2019

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística